Diario de León

Llarena deja sin escaños a Puigdemont y a cinco diputados procesados por el 1-O

El juez comunica al Parlament la suspensión «automática» de los acusados por rebelión por imperio de la ley y concluye el sumario.

Carles Puigdemont. EFE

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mateo balín | madrid

Un día después de que Pedro Sánchez y Quim Torra se reunieran en el palacio de la Moncloa, un encuentro que sirvió para escenificar una nueva etapa de «normalización» de las relaciones entre el Gobierno y la Generalitat tras el cisma del ‘procés’, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena dictó nada menos que ocho autos en la causa abierta a los líderes separatistas procesados por delitos de rebelión, malversación de caudales públicos y/o desobediencia.

Pese a que todas las resoluciones están fechadas el lunes, Llarena dio 24 horas de tregua para que el presidente del Ejecutivo tratara de recomponer los puentes de diálogo que saltaron por los aires tras la deriva secesionista del Gobierno de Carles Puigdemot, procesado en rebeldía y huido en Alemania. Pero los ocho autos de Llarena cayeron ayer de golpe y, como era previsible, volvieron a tener una repercusión capital en la vida política de la Generalitat y del Parlament.

En síntesis, el juez instructor de la causa del ‘procés’ acordó la conclusión del sumario respecto a los procesados no fugados. Declaró en rebeldía a los siete huidos acusados, es decir, su ausencia no afectará a la celebración del juicio. Y comunicó al Parlament la suspensión en las funciones y cargos públicos del expresidente Carles Puigdemont y de los otros cinco diputados en activo procesados por delitos de rebelión: Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sánchez. Todos, salvo Antoni Comín, que podrá recurrir en reforma su procesamiento aunque su futuro como parlamentario también parece escrito.

En esta resolución, la que más trascendencia tiene para el funcionamiento mismo y el equilibrio de fuerzas en la Cámara catalana, Llarena recordó que la medida de suspensión «es automática por imperio del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim)» y dejó al Parlament la posibilidad de que los procesados suspendidos puedan ser sustituidos por otros integrantes de sus candidaturas.

Dicho artículo, recordó el juez del Tribunal Supremo, contempla la suspensión de sus funciones o cargo público para los procesados por rebeldía que se encuentren en situación de prisión (en el caso de los huidos también se dictó en su día auto de busca, captura y encarcelamiento). Asimismo, configura una medida cautelar de naturaleza pública y extraordinaria que persigue preservar el orden constitucional, «impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad».

No obstante, esta decisión es meramente provisional, ya que la suspensión quedaría sin efecto si finalmente se atribuye a los procesados otras infracciones penales distintas de la rebelión, o si se modifica la situación de prisión provisional a la que están sujetos, lo que supondría la reactivación de sus derechos.

En cualquier caso, Llarena añade que esa suspensión provisional del escaño «no puede imponer que los grupos parlamentarios en los que se integran los procesados hayan de renunciar a su mayoría parlamentaria durante el período de la suspensión de los cargos; como tampoco resulta coherente que una suspensión provisional imponga, como única manera de mantener la mayoría parlamentaria, que los suspensos renuncien definitivamente al derecho de representar a sus electores».

El auto de conclusión de la investigación supone que, a partir de ahora, Llarena pierde la competencia respecto de los procesados, a quienes les emplaza para que comparezcan ante el tribunal de enjuiciamiento en el plazo de 15 días.

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