El Supremo avala por primera vez la prisión permanente
Mateo Balín | MADRID
El Tribunal Supremo confirmó este miércoles por primera vez una condena a prisión permanente revisable, la figura punitiva aprobada en 2015 que contempla un cumplimiento mínimo de 25 años de prisión ininterrumpidos para determinados supuestos. La Sala Segunda de lo Penal impone por unanimidad este castigo a un padre que «asesinó», clama la sentencia, a su hijo de 11 años en mayo de 2017, a quien golpeó varias veces en la cabeza con una pala en una pista forestal de Oza (A Coruña) «con la intención de causar el mayor sufrimiento psíquico a su exmujer». También tendrá que pagar a su expareja, de la que se había divorciado en octubre de 2009, una indemnización de 180.000 euros y no podrá comunicarse con ella por cualquier medio hasta cinco años después de que cumpla la pena de prisión. El tribunal ha desestimado así el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Este órgano confirmó la pena que le impuso un jurado popular de la Audiencia de A Coruña como autor de un delito de asesinato cualificado con alevosía y agravado por el hecho de que la víctima era menor de 16, con las agravantes de parentesco y de género, en concurso medial con un delito de lesiones psíquicas a su exmujer. Todos estos supuestos entran dentro del supuesto de la prisión permanente revisable. Los hechos probados relatan que el condenado decidió asesinar a su hijo el 5 de mayo de 2017, dos días antes del Día de la Madre, con la intención de causar el mayor sufrimiento psíquico posible a su expareja. En su recurso, el condenado alegaba que los informes médicos acreditan que es un enfermo mental grave, pero el Tribunal niega que eso afectara a su voluntad.