Los juzgados de León, desinfectados tras dar dos positivos
El juez decano del Juzgado de León ha acordado este viernes el cierre de la Oficina del Decanato y del Servicio Común de Comunicación tras el resultado positivo en Coronavirus de dos trabajadores de los juzgados. Además, según la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el juez decano había solicitado al Ministerio de Justicia la desinfección del edificio de los juzgados, que se ha llevado a cabo hoy.
Solo se mantienen los servicios esenciales de la Administración de Justicia, garantizando cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicio irreparable, internamientos urgentes, adopción de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, servicios de guardia en los juzgados de violencia sobre la mujer, atención permanente del Registro Civil, actuaciones con detenido y otras que resulten inaplazables, actuaciones urgentes en materia de vigilancia penitenciaria, celebración de juicios declarados urgentes por la ley o los procesos en los que se alegue vulneración de derechos fundamentales y que sean urgentes y preferentes.
La UME en el CRE de San Andrés. DL
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este viernes una guía de actuación destinada a los juzgados y tribunales con el objetivo de saber cómo actuar en caso de que el personal judicial o las personas que hayan permanecido en dependencias judiciales den positivo por coronavirus. Contempla desde desinfección de sedes hasta reorganización del trabajo.
Esta guía, que se envía al órgano gubernativo de cada sede judicial, establece que la persona contagiada por COVID-19 no solo debe ponerse en contacto con el servicio de salud pública a través de los cauces procedentes, sino que también debe informar a sus superiores orgánicos --Tribunal Superior de Justicia, Secretaría de Gobierno, Fiscal Superior o Instituto de Medicina Legal-- y a su entorno laboral más cercano, así como comunicar la situación de incapacidad temporal por la vía adecuada.
Una vez que sus superiores dispongan de esa información, ésta será puesta en conocimiento de la Comisión Judicial de Seguimiento constituida en cada Comunidad Autónoma y presidida por el presidente del Tribunal Superior de Justicia. El texto aprobado recoge que éste debe transmitir el hecho tanto a las autoridades sanitarias competentes como a los delegados de prevención de riesgos laborales locales.
La UME en el pabellón de San Esteban. DL
Paralelamente, los responsables de cada cuerpo profesional (jueces, fiscales, forenses, funcionarios, etc) deben informar de forma urgente a su personal del contagio por coronavirus para que estos puedan actuar en consecuencia y cumplir con las recomendaciones sanitarias "en caso de haber tenido contacto estrecho o no estrecho con el afectado".
Asimismo, la guía expedida por el CGPJ contempla que el responsable deberá recabar la declaración responsable de las personas del colectivo que hayan tenido "contacto estrecho" con la persona que haya dado positivo, y remitir dicha relación al responsable de prevención del cuerpo correspondiente.
Tras tener conocimiento del positivo, la comisión de seguimiento debe ordenar la limpieza de la sede donde el contagiado haya permanecido, a la vez que el Tribunal Superior de Justicia dará instrucciones a los jueces decanos para la reorganización de los servicios afectados y adoptará las decisiones organizativas y gubernativas que procedan.
Esas decisiones pueden suponer por ejemplo el refuerzo de la plantilla en caso de ser necesario o la habilitación de otras sedes para que se puedan prestar los servicios esenciales.
Según un anexo de esta guía, se consideran "como exposición de riesgo aquellas situaciones laborales en las que se puede producir un contacto estrecho con un caso confirmado de infección por el SARS-CoV-2 sintomático". Por el contrario, se considera exposición de bajo riesgo a "aquellas situaciones laborales en las que la relación que se pueda tener con un caso probable o confirmado no incluya contacto estrecho".
La guía considera como de baja probabilidad de exposición a las personas que no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto como una mampara de cristal, la separación de una cabina de ambulancia, etc.
En ese grupo de personas con baja probabilidad de exposición entra el personal administrativo, los técnicos de transporte sanitario con barrera colectiva sin contacto directo con el paciente, los conductores de transportes públicos, el personal de seguridad, los policías y guardias civiles, el personal aduanero, los bomberos y el personal de salvamento.
La guía señala que un tiene contacto estrecho cualquier trabajador que proporciona cuidados a un caso probable o confirmado sintomático (trabajadores sanitarios y otros trabajadores que vayan a tener otro tipo de contacto físico similar), cualquier trabajador que esté en el mismo lugar que un caso probable o confirmado sintomático, a una distancia menor de dos metros, y en avión u otro medio de transporte, a los miembros de las tripulaciones que atienden a pasajeros sintomáticos que vuelven de una zona de riesgo.