Corte Penal Internacional
La Haya no ha "admitido a trámite" una denuncia contra Sánchez por genocidio
La Corte Penal Internacional (CPI) no ha admitido a trámite una denuncia contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por genocidio, como afirman informaciones difundidas en redes sociales, sino que ha notificado el registro del escrito a la asociación que lo presentó.
En el caso de esta denuncia contra Sánchez, a la que ha tenido acceso EFE, se trata de un escrito en inglés de 29 páginas fechado el 30 de mayo en el que la entonces denominada "Asociación Española de Víctimas y Afectados por el Covid-19" pide su procesamiento por "uno o más delitos de genocidio y de lesa humanidad" contra la población española, "particularmente los mayores, el personal sanitario y los enfermos".
En la CPI no existe la admisión a trámite
En la Corte Penal Internacional no existe la figura de la "admisión a trámite" que hay en España y que abre paso necesariamente al inicio de diligencias para investigar los hechos denunciados.
El procedimiento en la CPI es el siguiente: La Fiscalía posibilita, a través del artículo 15 de su carta fundacional, el Estatuto de Roma, que organizaciones, ONG e incluso personas individuales envíen información documentando supuestos delitos, proceso que puede hacerse incluso a través de un mensaje de correo electrónico.
En 2019, la Oficina de la Fiscalía recibió 815 de estos mensajes, que son tratados como “comunicaciones”, no como denuncias o querellas por responsabilidad penal, según han explicado a EFE en La Haya fuentes judiciales.
"Acuse de recibo" que no abre investigación
Ante esta "comunicación" a la CPI de la asociación denunciante, el primer paso del proceso será "evaluar si la comunicación se refiere a asuntos que están manifiestamente fuera de la jurisdicción de la Corte. Tan pronto como lleguemos a una decisión sobre el siguiente paso apropiado informaremos al remitente y le proporcionaremos los motivos de nuestra decisión”, precisan estas fuentes de La Haya.
El personal de la Fiscalía de La Haya sigue el protocolo de responder a todas esas "comunicaciones" con un "acuse de recibo" y así lo ha hecho con esta denuncia el pasado lunes 8. La respuesta de la CPI, a la que también ha tenido acceso EFE, es un texto genérico en inglés en el que se hace constar que el escrito "ha sido debidamente registrada en el Registro de Comunicaciones".
La respuesta es un formalismo que en ningún caso significa la admisión a trámite
"La Fiscalía del Tribunal Penal Internacional acusa recibo de sus documentos/carta" ("The Office of the Prosecutor of the International Criminal Court acknowledges receipt of your documents/letter"), indica asimismo la nota de respuesta a la denuncia, antes de precisar que ese acuse de recibo "no significa que la Fiscalía haya abierto una investigación".
"Tan pronto como lleguemos a una decisión, le informaremos, por escrito, y le proporcionaremos los motivos de nuestra decisión", concluye la carta de respuesta a la asociación, firmada por el responsable de la Unidad de Información y Pruebas de la Fiscalía.
Por tanto, la respuesta es un formalismo que en ningún caso significa la admisión a trámite de una denuncia por responsabilidad penal, insisten las mismas fuentes judiciales en La Haya.
Existen 3 vías para abrir una investigación en la Fiscalía de la CPI
En todo caso, ¿cómo sería el procedimiento para que el Tribunal Penal Internacional de La Haya abriera una investigación sobre Pedro Sánchez tras esta denuncia? Pues la Fiscalía debería decidirlo "motu proprio" (por cuenta propia), para lo cual podría utilizar la información recibida.
Por cuenta propia y con indicios
Y es que el artículo 13 del Estatuto de Roma establece tres vías para que la Fiscalía de la CPI considere la apertura de una investigación total por crímenes de guerra, de lesa humanidad y genocidio.
La primera es que uno de los 123 Estados que forman parte del tribunal remita una situación en la que se hayan podido cometer delitos. Fue lo que ocurrió en 2018 con Venezuela, cuando seis países llevaron a Caracas a La Haya, aunque la Fiscalía de momento solo ha abierto un examen preliminar al respecto, no una investigación.
La segunda es que el Consejo de Seguridad de la ONU remita la situación, tal y como ocurrió en Darfur (Sudán) en 2005.
Se estudian asuntos como la gravedad de la situación, la jurisdicción y la complementariedad
La tercera es que la Fiscalía lo decida por cuenta propia, para lo que puede utilizar la información recibida de terceras partes. Pero, en ese caso, previamente tiene que considerar que hay indicios suficientes para abrir un examen preliminar.
A partir de ahí, debe realizar un análisis, compuesto de tres fases, en las que se estudian asuntos como la gravedad de la situación, la jurisdicción y la complementariedad; es decir, si los tribunales del país en cuestión llevan a cabo investigaciones fehacientes sobre los hechos.
Si la Fiscalía de La Haya llegase a la conclusión de que estos requisitos se cumplen, le pediría permiso a los jueces de una sala de1 asuntos preliminares para abrir la investigación. La CPI solo estudia los casos más graves de crímenes de guerra, de lesa humanidad y de genocidio ocurridos en todo el mundo. En sus 18 años de historia, ningún país de la Unión Europea ha sido investigado.