ACUERDOS Y REFORMAS
Reformas. -Código Penal. Tipificar en el artículo 505.1 la conducta de aquellos que impidan el acceso de los concejales a los plenos municipales. -Ley Electoral: A) Introducir una nueva causa de inelegibilidad para los condenados, aunque no tengan sentencia firme, por delitos de rebelión contra las instituciones del Estado o terrorismo. B) Autorización para que al agotarse una lista municipal, las vacantes puedan ser cubiertas a propuesta del partido representado. C) Supresión de la obligación de presentar un número mínimo de suplentes. El máximo será de diez. D) Los interventores podrán proceder de circunscripciones distintas a la de las elecciones. E) Los condenados por rebelión contra las instituciones del Estado o terrorismo no podrán ser administradores electorales. F) El Estado no pagará subvenciones o anticipos de gastos para las elecciones generales, locales y europeas a partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores que promuevan el terrorismo. -Ley de Financiación de los Partidos: Prohibición de financiación pública a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores que promuevan el terrorismo. -Ley de Bases de Régimen Local: Disolución de los ayuntamientos que den cobertura o apoyo, tácito o expreso, al terrorismo o a quienes participen en su ejecución, lo enaltezcan o lo justifiquen, o humillen a las víctimas o a sus familiares. -Ley de Enjuiciamiento Criminal: Refuerzo de las garantías y protección de datos y de información en los registros de actividades y bienes de los cargos públicos. -Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado: Autorización a los Cuerpos de Policía Local y Autonómica para ejercer fuera de sus ámbitos territoriales las tareas de escolta. Medidas. - Creación de un foro de diálogo permanente. Entre los firmantes del pacto antiterrorista y el Ministerio de Interior para revisar y actualizar las medidas de seguridad de los cargos públicos en el País Vasco y Navarra. - Constitución de un fondo económico. Los partidos del acuerdo antiterrorista elaborarán un análisis de los costes que conlleva su actividad política e institucional en el País Vasco y Navarra ante la incidencia de la violencia terrorista, y formularán las correspondientes propuestas para garantizar la dotación presupuestaria de los recursos necesarios. - Personación de los ayuntamientos en los procesos. Los partidos firmantes del pacto antiterrorista promoverán la personación de los ayuntamientos, como acusación particular, en los procedimientos penales por delitos o faltas cometidos contra los concejales de fuerzas democráticas resultantes de la estrategia de promoción o apología del terrorismo. - Impedir cargos municipales. Las fuerzas del pacto antiterrorista se comprometen a impedir en los ayuntamientos, en los que las fuerzas democráticas sean mayoría, que los concejales que no condenen el terrorismo ostenten alguna responsabilidad. - Navarra. Todas estas reformas y medidas políticas deberán ser abordadas en Navarra con Unión del Pueblo Navarro.