Batasuna será informada de la presentación de las demandas y la sala decidirá si las admite a trámite EL CAMINO HACIA LA ILEGALIZACIÓN
El presidente del Supremo asumirá la investigación durante la ilegalización
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Francisco Hernando, asumi
El presidente del Supremo y los de las Salas de lo Civil y de lo Contencioso-Adminsitrativo, por delegación de los restantes miembros de la Sala Especial del alto tribunal, tomaron ayer conocimiento de las dos demandas de ilegalización presentadas el pasado martes. Francisco Hernando fue designado ponente de la reclamación auspiciada por el Gobierno, mientras que Ignacio Sierra, presidente de la Sala Civil, se hará cargo del escrito defendido por la Fiscalía General del Estado. Cuando sean admitidas a trámite, los dos escritos serán unificados en un único proceso. Al ser la demanda elaborada por la Abogacía del Estado la primera en ser registrada en el Supremo, será el ponente Francisco Hernando quien asumirá en exclusiva la responsabilidad de conducir el proceso y realizar la investigación necesaria para que los restantes miembros de la Sala Especial adopten la correspondiente resolución. Fuentes del Supremo aseguraron que los nombramientos se realizaron de acuerdo con el turno establecido por los magistrados de la Sala Especial. Dicho turno comienza con la apertura del año judicial, que este año se celebra el próximo 16 de septiembre, y reserva para el presidente la primera intervención. La representación de la sala que se ocupa de los asuntos de trámite, formada por los dos instructores y el presidente de la Sala Tercera, Ángel Rodríguez, ordenó ayer que Batasuna reciba dos notificaciones distintas, una por cada demanda, que no pueden ser acumuladas hasta que hayan sido admitidas a trámite. Las requisitorias dictadas ayer, además, emplazan a los responsables de las tres marcas electorales que ha tenido la coalición abertzale -HB, EH y Batasuna- a designar representantes legales. Estos tendrán, desde el momento en que la notificación se haga efectiva, un plazo de ocho días hábiles para comparecer en el Supremo y presentar las alegaciones que consideren oportunas. Las dos providencias disponen que las notificaciones deben ser enviadas a las sedes de las tres formaciones políticas demandadas: la de HB, en Bilbao; la de EH, en San Sebastián, y la de Batasuna, en Pamplona. Si ello no fuese posible porque las tres están clausuradas por orden del juez Baltasar Garzón, los magistrados se remiten a lo dispuesto en el artículo 161 de la ley de Enjuiciamiento Civil, que prevé otros mecanismos para hacer efectiva la comunicación, como la publicación de edictos en prensa. En el caso de que los responsables de la coalición sean localizados y rehúsen recoger la notificación para no darse por enterados, el funcionario a cargo del trámite les comunicará que en su oficina tienen la nota a su disposición. Con ello, quedará resuelta la cuestión y empezará a correr el citado plazo de ocho días. Las providencias establecen además la composición de la Sala Especial del Supremo, conocida como la «sala del artículo 61».