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Aprueban una nueva organización de los ejércitos

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Efe - MADRID.

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El Consejo de Ministros aprobó ayer cuatro Reales Decretos en los que se establecen las bases de la nueva organización de los Ejércitos españoles, con el objetivo de lograr una mejor respuesta de las Fuerzas Armadas españolas a las necesidades operativas. Uno de los reales decretos aprobados sustituye la anterior organización territorial por otra de carácter funcional y operativo, y establece tres áreas de actuación: el Cuartel General, la Fuerza y el Apoyo a la Fuerza. Otro de los reales decretos aprobados ayer se refiere a la organización y funcionamiento de las delegaciones de Defensa, que a partir de ahora permitirá «ahorrar costes y evitar disfunciones y redundancias», según fuentes oficiales. El Real Decreto establece una clara diferencia entre las funciones operativas o logísticas, que corresponden a los Ejércitos, y aquellas otras de carácter esencialmente administrativo y de gestión, que se encomiendan a las Delegaciones. Las Delegaciones de Defensa tendrán ámbito pluriprovincial y existirán Subdelegaciones en todas las provincias. Todo el conjunto de servicios, unidades o dependencias administrativas del Ministerio de Defensa se concentran de manera unitaria en un solo órgano periférico. El tercer real decreto se refiere a la representación institucional de las Fuerzas Armadas, que tendrá a partir de ahora carácter conjunto, desapareciendo la representación que cada Ejército ejercía y que, a juicio del Gobierno, ha quedado desfasada por la realidad social. Dicha representación corresponde a S.M. el Rey, como mando supremo de las Fuerzas Armadas, y al Presidente del Gobierno y al Ministro de Defensa, como autoridades responsables de la política de Defensa y Militar. Asimismo, se atribuye a determinadas autoridades y mandos militares, en tanto que jefes de Unidades de la Fuerza o de Apoyo a la Fuerza, especial relevancia tanto a nivel nacional como en otros ámbitos geográficos más localizados. Capitanía general A esos efectos, la sede de la Unidad cuyo Jefe ostente esta representación institucional podrá recibir la denominación de Capitanía General, salvo en las Zonas Militares de Baleares, Ceuta y Melilla. Desaparece, por tanto, la tradicional representación que, de facto, ejercían los Generales Jefes de las Regiones militares o aéreas o Almirantes Jefes de las Zonas marítimas, que respondía a la estructura territorial de los Ejércitos, basada en criterios geográficos, y que queda superada por el Real Decreto que desarrolla la estructura básica de los Ejércitos. Por último, el Consejo de Ministros aprobó también un Real Decreto por el que se regulan las Consejerías de Defensa.

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