El PP se agarra a una versión dura de la ‘doctrina Botín’ para anular la ‘caja B’
Fía su suerte a una sentencia del TS sobre las preferentes bancarias para anular delitos fiscales
La defensa del Partido Popular se agarra a una sentencia del Tribunal Supremo sobre la venta de preferentes bancarias y deuda subordinada para no enfrentarse a una responsabilidad penal en juicio por la ‘caja B’.
El abogado del partido, Jesús Santos, incluyó en las cuestiones previas de la vista en la Audiencia Nacional una resolución de la Sala Segunda (Penal) en la que se aplicó una versión reforzada de la ‘doctrina Botín’ para deslegitimar a la acusación popular. Lo hizo, precisamente, con el objetivo de anular los escritos de las siete partes personadas, también acusación popular, que le atribuyen al PP, como persona jurídica, dos delitos fiscales por el pago de las obras de la sede nacional.
La sentencia del magistrado del Supremo Vicente Magro que usa ahora el PP para evitar la pena de banquillo —la Fiscalía y la Abogacía del Estado no le acusan de ningún delito y solo le imputan una responsabilidad civil subsidiaria por los ilícitos de los otros acusados— se dictó en marzo de 2020. A lo largo de 40 páginas, la resolución ahonda en la falta de legitimidad activa de una acusación popular, en este caso una asociación de consumidores, para emprender en solitario la acción penal contra dos dirigentes de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por la venta de estos productos basura a sus clientes.
La Sala desestimó por unanimidad el recurso de casación interpuesto por la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (Adicae) y confirmó el auto de archivo definitivo dictado por la Audiencia Nacional en favor de los acusados Roberto López y María Dolores Amorós. Los exdirectivos de la CAM se enfrentaban a diez años de prisión por delitos de estafa y maquinación para alterar el precio de las cosas, y a multa conjunta de 11 millones de euros.
Si se aplica este argumento a la causa de la ‘caja B’ del PP, el abogado de la formación sostiene que a su cliente le atribuyen precisamente las acusaciones populares dos delitos fiscales. Unos presuntos ilícitos penales que no aprecian ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado, que representaría los interes de la Hacienda Pública. Es decir, sí existe un perjudicado pero éste no ve delito.
Desde antes del juicio, la defensa del PP ha tratado por todos los medios de deslegitimar a las acusaciones populares personadas —Partido Socialista Valenciano, Izquierda Unida, el colectivo de abogados Adade o el Observatorio Desc, representada por el letrado Gonzalo Boye— por sus intereses espúreos en la causa dada su motivación política.
Santos pidió al tribunal unificar a estas partes bajo un mismo escrito de acusación y defensa letrada, pero la Sala rechazó esta pretensión porque prima el derecho de defensa. Quería el abogado evitar por todos los medios los «cuatro meses de pena de banquillo» que le esperan al PP, ya que el juicio está previsto que se alargue hasta mayo. Pero ahora, con esta sentencia del Supremo sobre la ‘doctrina Botín’, redobla la presión para anular a las acusaciones populares. El tribunal tendrá la última palabra.