Delgado quiere trabajo comunitario para los delitos «de expresión»
La fiscal general del Estado, Dolores Delgado, avanzó este martes en el Senado alguna propuesta para tasar en qué supuestos los llamados delitos «de expresión» no conllevarían penas de prisión. En su comparecencia en la Comisión de Justicia, Delgado señaló la posibilidad de que estos ilícitos, como pueden ser el enaltecimiento del terrorismo, puedan ser castigados con trabajos en beneficio de la comunidad o multa cuando exista una aceptación expresa de la víctima. Es decir, requiere un acto previo de perdón por parte del condenado. Es la primera vez que la fiscal general se pronuncia sobre la iniciativa lanzada por el Gobierno para amortiguar las críticas y el malestar creciente que ha generado el ingreso en prisión del rapero Pablo Hasel. En esencia, el Ministerio de Justicia estudia la posibilidad de reformar los delitos «más controvertidos»: como el de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas cuando se comete por cuestiones de opinión, el delito de odio, injurias a la Corona y a otras instituciones y el delito contra los sentimientos religiosos.
Fuentes ministeriales explicaron entonces que la reforma está justificada porque estos tipos penales adolecen de varias condiciones. «Una cierta indefinición del bien jurídico protegido; la amplitud de la conducta típica descrita en la norma, lo que genera inseguridad; y la difícil delimitación entre ejercicio del derecho fundamental y la conducta delictiva, que precisa de una interpretación restrictiva».
Todas estas cuestiones son exigencias «de precisión» de estos delitos requeridas por el Tribunal Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, afirman estas fuentes. En la propuesta se contempla, además, que «aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales» permanezcan «al margen del castigo penal».
Delgado explicó este martes que si bien la difusión pública de mensajes «fomentan, promueven o incitan directa o indirectamente al odio» también hay que valorar su contexto, la ausencia de reiteración delictiva o las circunstancias personales del autor.