OPINIÓN Ramón Pi
El guardia «gay»
Una vez aceptado el error de considerar equivalentes la homosexualidad y la heterosexualidad a todos los efectos, todo lo demás son consecuencias de esta lógica antilógica. Sin meternos en honduras antropológicas sobre el sexo y su función en los vivientes sexuados, o en disquisiciones legales sobre lo que la Constitución considera matrimonio y familia, nos encontramos con que la buena intención de no discriminar a un guardia civil «gay» y permitirle llevarse a vivir con él a su compañero sentimental ha pasado por alto una condición inexcusable de toda política de no-discriminación: que no se debe discriminar a nadie por razón de sexo, edad, religión, o cualquier otra circunstancia personal o social, siempre que ese factor de diferencia no sea relevante en el caso. Un mudo no debe ser discriminado para ejercer de protésico dental, pero sí para cantar el Parsifal en La Scala de Milán, precisamente porque su mudez es irrelevante en el primer caso, pero relevante en el segundo. Así, podríamos seguir para hacer comprensible que la tendencia sexual parece tener cierta relevancia en relación con las instituciones del matrimonio y la familia.