Diario de León

El decreto sobre el catalán vulnera siete artículos de la Constitución

El TSJC admite que la sentencia no puede ejecutarse con la nueva normativa del Govern

Pere Aragonés y Salvador Illa. QUIQUE GARCÍA

Pere Aragonés y Salvador Illa. QUIQUE GARCÍA

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El curso que viene, que en Cataluña empezará una semana antes de lo habitual, dará comienzo sin cambios lingüísticos en las aulas catalanas. El catalán seguirá siendo la lengua vehicular y el español se impartirá como una asignatura más. Hay una sentencia que obliga al Govern catalán a dar al menos el 25% de las clases en castellano.

Pero el TSJC paralizó este lunes la ejecución de este fallo judicial. Lo decidió tras constatar que la nueva normativa aprobada por la Generalitat -un decreto y una ley- «determina la imposibilidad legal» de ejecutar la sentencia. «Ambas normas legales definen un modelo lingüístico en el ámbito escolar que resulta incompatible con los parámetros tomados en consideración en la sentencia», admiten los jueces. Así, el fallo obliga a impartir un 25% de las clases en español, mientras la ley y el decreto del Govern aseguran explícitamente que no se pueden aplicar porcentajes en el uso de lenguas y reafirman el catalán como la «lengua vehicular».

Esquiva la sentencia

De momento, la Generalitat se sale con la suya y logra, por ahora, esquivar la sentencia judicial. Por ello, el consejero catalán de Educación, en un tono muy triunfalista, habló de «gran victoria» judicial y de «fantástica noticia» para el idioma catalán. «Hemos ganado una batalla pero no la guerra», apuntaron en Junts. Y es que, la justicia cree que el decreto y la ley sobre el catalán aprobados por el catalán podrían vulnerar hasta siete artículos de la Constitución (3, 9.3, 24.1, 27, 86 117 y 118). Por ello, el TSJC ha decidido instar a la partes personadas en esta causa legal a que en un plazo de 10 días puedan alegar sobre la pertinencia de plantear cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

«Estamos ante una situación que impide de forma sobrevenida la ejecución de la sentencia como consecuencia de la promulgación de unas normas legales que suscitan dudas de inconstitucionalidad, de cuya validez depende la decisión que debemos adoptar, lo que nos obliga a plantear la cuestión ante el Tribunal Constitucional», afirman los jueces, que dejan en suspenso la aplicación del fallo, a la espera de que resuelva el Tribunal Constitucional. El TSJC tenía que dar respuesta al escrito presentado por la Generalitat el último día de mayo, cuando expiraba el plazo dado por la justicia para ejecutar el fallo. En su defensa, el Govern alegó que la sentencia es inaplicable, en tanto en cuanto existe una nueva normativa legal, aprobada in extremis, que asegura explícitamente que no se pueden aplicar porcentajes en el uso de lenguas y reafirma el catalán como «lengua vehicular».

Esta «primera victoria parcial», según el independentismo, supone un «primer paso», advirtió el consejero de Educación, «para que en ninguna aula de Cataluña se aplique el 25% de castellano». El Govern afirmó que tanto el decreto como la ley superaron el dictamen del consejo de garantías estatutarias sobre su adecuación a la Carta Magna y al Estatuto.

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