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Ley de Familias: 8 semanas de permiso, 100 euros al mes por hijo y 9 días al año para urgencias

El Gobierno aprueba la nueva norma que mejora los derechos de los padres para reforzar la conciliación y fomentar la natalidad

La nueva Ley de Familias permitirá a los padres compatibilizar sus trabajos con el cuidado de los hijos. PIXABAY

Publicado por
Alfonso Torices
León

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El Consejo de Ministros, tras año y medio de tiras y afloja, aprobó este martes la ley de Familias, la norma que dentro de una larga lista de nuevos derechos y permisos ampliará hasta nueve el máximo de días pagados al año de que dispondrán los asalariados españoles para cuidar a sus familiares directos o a las personas con las que conviven.

Su promotora, la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, está convencida de que, pese enfrentarse a unos plazos más que ajustados, la norma conseguirá ser aprobada por el Parlamento antes de que el próximo otoño el Rey disuelva las Cortes por la convocatoria de elecciones generales. La futura ley garantiza la igualdad de derechos y beneficios de cualquier modelo de convivencia (matrimonio, pareja de hecho, monoparental, LGTBI, acogida), incorpora nuevos permisos y prestaciones para cuidados y ventajas para las familias más vulnerables, especialmente las monoparentales.

Estas son algunas de sus novedades:

1. Nueve días para cuidar a la familia

La ley crea un permiso remunerado de hasta cinco días al año para cuidar a familiares ante casos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica ambulatoria que precise de reposo del marido, hijos, padres, hermanos, nietos, suegros o de cualquier otro conviviente. Esta licencia se completa con otro permiso de hasta cuatro días anuales que se puede coger por horas, para afrontar urgencias e imprevistos médicos del mismo colectivo aunque no sean graves. Se destina a ausencias laborales por problemas familiares de fuerza mayor que requieran de una atención inmediata, como desplazamientos a urgencias, fiebre de un hijo o acompañar al médico al marido. Se mantienen los actuales dos días de permiso remunerados por fallecimiento de un familiar hasta segundo grado.

2. Ocho semanas 

Cada progenitor dispondrá de hasta ocho semanas libres para la crianza de los hijos a utilizar antes de que los niños cumplan ocho años, pero en este caso el permiso, al menos en el texto actual, no estará retribuido. Lo pueden coger al completo tanto un progenitor como el otro, por días o por semanas, pero nunca uno solo de ellos sumado (16 semanas) porque es intransferible.

3. Permiso de natalidad adelantado

El padre o la madre no gestante podrá anticipar los diez días previos al nacimiento de su hijo el comienzo del disfrute de las 16 semanas de libranza laboral pagada a que da derecho el permiso parental.

4. Extensión de la renta crianza

Realiza una extensión casi universal del cobro de la renta crianza de 100 euros al mes a que tienen derecho las progenitoras con hijos de hasta tres años. Ahora solo lo cobran las madres trabajadoras o con derecho al ingreso mínimo vital. La ley lo amplía también a las que hayan cobrado subsidios de paro en alguna ocasión o tengan cotizados al menos 30 días a la Seguridad Social desde el parto. Se quedan fuera las que no han trabajado nunca.

5. Quince días por pareja de hecho

Las parejas de hecho que oficialicen su unión sentimental con su inscripción en el registro tendrán derecho a disfrutar de los mismos 15 días de permiso laboral remunerado que desde hace años disponen las personas que se casan, pues equiparan sus derechos a los de un matrimonio. También recibirán pensión de viudedad y podrán usar los cinco días para cuidados de familiares.

6. Nuevas familias numerosas

Amplía el concepto de familia numerosa que da derecho a recibir ayudas directas, beneficios fiscales, bonificaciones en el transporte o prioridad en el acceso a becas, vivienda o al bono social. Con la reforma, las familias con esta categoría se llamarán "con mayores necesidades de apoyo a la crianza" e incluirán, además de las de tres o más hijos, a las monoparentales con dos hijos a cargo, las de cualquier clase con dos hijos que tengan un padre o un hijo con al menos 33% de discapacidad, los hogares con dos hijos encabezados por una víctima de violencia de género o por un progenitor con la guardia o custodia exclusiva de los hijos, pero no se le ha asignado una pensión, y a las familias con dos hijos en las que un progenitor lleve en tratamiento hospitalario al menos un año o que haya ingresado en prisión.

Eleva a la categoría especial a las familias con cuatro o más hijos (ahora eran cinco), a las de tres hijos de parto múltiple (ahora eran cuatro) y a las de tres hijos con bajos ingresos (hasta 150% del IPREM).

7. Retirada del veto al 'pin parental'

Retiran la prohibición de que los padres ordenen a los colegios que excluyan a sus hijos de cualquier actividad escolar con contenidos sobre diversidad familiar. El mecanismo que partidos como Vox denominan 'pin parental' y con el que intentan eludir contenidos sobre diversidad sexual. La retirada es puramente técnica. El Consejo de Estado aclaró que ese derecho paterno solo se puede limitar mediante ley orgánica y la de Familias no lo es. La retirada, no obstante, es inocua porque el 'pin parental' ya está vetado por la actual ley educativa (Lomloe).

8. Ventajas monoparentales

Las familias monoparentales, casi todas encabezadas por una mujer y la mitad de ellas en situación de pobreza, tendrán prioridad para la asignación de plazas públicas gratuitas de la primera etapa de educación infantil, acceso preferente a vivienda protegida, ventaja en la elección de centro que mejor le permita conciliar o una protección especial frente a desahucios.

9. Mejoras de pensiones y subsidios

La norma amplía toda una serie de pensiones y subsidios a las familias diversas. El subsidio por nacimiento no contributivo se le pagará también a padres adoptantes y familias de acogida; la pensión de orfandad se pagará un año más, hasta los 26; y se ampliarán los permisos laborales de cuidados de menores con cáncer o con enfermedades graves hasta los 26 años en caso de discapacidad. De igual forma se amplía el alcance del Fondo de Garantía de Alimentos, el gasto público que asegura la comida a menores a los que su progenitor (separado, divorciado) no abona la prestación a que le ha obligado el juez, a los hijos de parejas de hecho registradas y a los chicos mayores de edad con discapacidad o en situación de dependencia.

10. Permisos blindados

El Estatuto de los Trabajadores ampliará las causas de despido nulo a la rescisión del contrato laboral de cualquier empleado que en ese momento esté disfrutando del futuro permiso de cinco días para el cuidado de familiares enfermos o del también nuevo permiso para crianza de ocho semanas.

11. Adaptaciones para conciliar

Podrán solicitar las adaptaciones de duración y distribución de jornada laboral no solo los que tengan hijos de menos de 12 años sino también quienes necesiten cuidar a hijos menores de edad, al cónyuge o pareja y a familiares de hasta segundo grado y convivientes siempre que justifiquen la necesidad.

Lo que se quedó por el camino

En el tira y afloja de un año entre Belarra y los ministerios socialistas se han quedado por el camino dos importantes medidas que pretendía implantar la titular de Derechos Sociales. Quería ampliar de forma progresiva el permiso parental de las 16 semanas actuales a 24 para cada progenitor y, sobre todo, extender la misma licencia a no menos de 26 semanas para el progenitor de hogares monoparentales, al tiempo que le permitía ceder semanas a algún familiar directo para que le ayudase con la crianza y no tuviese una ausencia laboral tan prolongada, lo que podría penalizarle en la búsqueda de trabajo.