Diario de León

¿Tienen derecho los jueces a parar? El CGPJ dijo no en 2009

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«¿Cómo me va a parecer razonable que un poder del Estado ejerza la huelga frente a otro poder del Estado?». Quien devuelve la pregunta, como un dardo, es una exmagistrada del Constitucional que por respeto al tribunal prefiere responder desde el anonimato a un dilema con aristas que ha desempolvado la amenaza de parálisis en la justicia a partir del 16 de mayo: ¿pueden ejercer los jueces el derecho a la huelga que asiste a «los trabajadores» consagrado en el artículo 28.2 de la Carta Magna? Los convocantes se consideran «también titulares» del mismo y en ello apoyan el registro de su iniciativa; la jueza interpelada cree que no, a pie de Constitución y al tratarse, insiste, de un poder del Estado; en esta última reserva coincide la catedrática de Derecho Constitucional Teresa Freixes, quien, sin embargo, objeta que la norma suprema de 1978 «no prohíbe» expresamente ese derecho para la Magistratura; pero el Consejo General del Poder Judicial negó en los precedentes de 2009 y de 2012 que exista «cobertura legal» que ampare la huelga. Una decisión que derivó en otra nada baladí: al considerar ambas convocatorias fuera de la ley, el CGPG rehusó fijar unos servicios mínimos. La disyuntiva, si cabe, resulta esta vez más aguda porque éste es el primer paro «indefinido» con el que amagan jueces y fiscales en democracia. El paso que dieron la asociación Francisco de Vitoria y el Foro Judicial Independiente el 18 de febrero de 2009, bajo el Gobierno socialista de Zapatero, no tenía ese carácter. Con Mariano Rajoy ya al frente del Ejecutivo el PP, Jueces para la Democracia llamó a secundar la huelga general de CC OO y UGT del 14 de noviembre de 2012.

El CGPJ zanjó que la Magistratura no puede acogerse al derecho del artículo 28 de la Constitución. Y como el derecho no existía según su interpretación unánime, tampoco decretó servicios mínimos en su calidad de máximo órgano de gobierno de los jueces. El Consejo de 2023, atenazado por el bloqueo en su renovación, se ha limitado por ahora a avalar las reivindicaciones de los convocantes.

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