La Fiscalía recurre la reducción de la pena a un condenado de La Manada
La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo (TS) la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) de rebajar un año —de 15 a 14— la pena de prisión impuesta a Ángel Boza, uno de los cinco condenados por ‘La Manada’ —la violación grupal de los Sanfermines de 2016—, al aplicarle la conocida como ‘ley del solo sí es sí’. A juicio del Ministerio Público, se trata de una rebaja «meramente aritmética».
El TSJ explicó que le bajaba la pena porque el propio Supremo señaló en la sentencia con la que agravó la condena a ‘La Manada’ que le imponía 15 años de cárcel, por ser una pena «próxima» o «cercana» al mínimo legal, unos mínimos que la citada ley rebajó «sensiblemente».
En concreto, detalló que con la nueva ley la pena mínima cae 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años.
«En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos quedan 2 años por encima del mínimo posible que, efectivamente, están dentro del arco penológico posible, pero que, a juicio de la mayoría de esta Sala, ya no cumple el parámetro fijado por el Tribunal Supremo en su sentencia, cuando calificaba la pena impuesta como ‘muy próxima al mínimo legal’, o como ‘pena superior al mínimo legalmente previsto, aunque muy cercana al mismo», argumentó el TSJ. La fiscal Isabel Rodríguez Mateo cree que el TSJ hizo «una incorrecta interpretación» porque no tuvo en cuenta ni «las circunstancias personales de los acusados» --como su actitud posterior hacia la víctima o su colaboración con la Justicia-- ni «la gravedad del hecho», obviando así «los parámetros fijados por el Tribunal Supremo en la citada sentencia para la individualización de la pena impuesta y la proporcionalidad de la misma». «No se trata de acudir a una mecánica adaptación de las penas impuestas en proporción aritmética al nuevo marco punitivo, sino adecuarla a los criterios de proporcionalidad», esgrime la fiscal.
Así, reprocha que «la rebaja operada por el Tribunal Superior (de Justicia) fue meramente aritmética, obviando todas aquellas circunstancias que la Sala Segunda (del Supremo) valoró para imponer esa pena de 15 años».
El Ministerio Público se apoya en el voto particular de la magistrada del TSJ Esther Erice Martínez, que abogó por mantener la condena dictada en su día por el TS, en contra de la decisión mayoritaria.