Diario de León

Letrados del Senado denuncian la inconstitucionalidad de la amnistía

El Senado admite la polémica ley, que podrá tramitarse hasta el 16 de mayo y el PP augura batalla

El ministro de Presidencia, Félix Bolaños durante la sesión del Senado ayer. KIKO HUESCA

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Agencias
Madrid

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La Mesa del Senado ha admitido a trámite este martes la proposición de ley de amnistía y ha decidido llevarla por el procedimiento ordinario, con el 16 de mayo como fecha límite para que retorne al Congreso. Tal y como los letrados de la Secretaría General del Senado propusieron a la Mesa la víspera, el acuerdo que ha sido llevado a votación por el presidente, Pedro Rollán, incluía dos informes jurídicos: uno para reafirmar la obligación constitucional de tramitar la norma (para cubrirse ante la demanda de Vox de inadmitir) y otro sobre la inconstitucionalidad y los defectos de la tramitación previa en el Congreso.

El PP, con mayoría absoluta en el Senado, había requerido un informe a los letrados de la Cámara alta con dos objetivos: conocer su evaluación jurídica sobre el trámite y contenido de la ley de amnistía y dotarse de argumentos para sacudirse la presión de Vox, que lleva semana tratando de acogotar a los de Alberto Núñez Feijóo para que utilicen esa hegemonía negándose a dar cauce a la norma en los dos meses que tienen por delante tras la reforma exprés del Reglamento.

Los servicios legales que asisten a los senadores han respondido a ambas cuestiones con un dictamen de 69 páginas que viene a constituir una enmienda a la totalidad a la iniciativa legislativa que pretenden borrar las causas del ‘procés’ por constituir un «fraude» constitucional, lo que no impide que defiendan proseguir con su tramitación precisamente para cumplir la ley y amparar los derechos de los miembros de la Cámara que creen vulnerados.

En su profuso análisis, los letrados apuntalan, endureciéndolas incluso, las conclusiones a las que ya llegaron sus homólogos de la Comisión de Justicia del Congreso, quienes ya sugirieron que la amnistía puede precisar una reforma de la Constitución para encajar sin fórceps en el ordenamiento español contra el criterio de su jefe, el letrado mayor, Fernando Galindo, integrante hasta ser nombrado para el cargo del Gobierno de Pedro Sánchez.

Frente al criterio de Galindo, que no veía indicios de inconstitucionalidad lo suficientemente palmarios como para interrumpir el procedimiento legislativo, primero sus colegas de la comisión encargada de dar cauce a la norma en la Cámara alta y ahora los del Senado argumentan exactamente lo contrario. Es más, estos últimos desmontan uno a uno lo que interpretan como «vicios» contra lo establecido en la Carta Magna, desde cómo se ha tramitado a un contenido que, a su ojos, vulnera entre otras cosas la igualdad ante la ley y la separación de poderes con medidas como la imposición a los jueces de que apliquen de inmediato el levantamiento de las medidas cautelares (como la orden de busca, captura e ingreso en prisión que pesa contra el expresident catalán Carles Puigdemont).

El equipo jurídico del Senado no solo deduce del texto normativo analizado que ataca principios esenciales de la Constitución, sino que sostiene sin ambages «la necesidad de residenciar explícitamente en normas de rango constitucional la facultad de conceder amnistías». Es decir, cree obligada una reforma constitucional recurriendo al mismo argumento que emplea el Gobierno para defender la ley: si lo que se pretende es algo de tanto peso como «la reconciliación política y social», lo adecuado no sería aprobar la ley, como se ha hecho, sin una mayoría cualificada -como la que requiere por ejemplo la Comisión de Venecia, a la que los autores del dictamen citan para escudar sus argumentos- y hurtando las potencialidades de intervención del Senado, sino promoviendo un cambio en la Carta Magna con un «bicameralismo perfecto», con un consenso amplio obligado y tasado y sometiendo, en su caso, lo que se acuerde al referéndum del conjunto de la ciudadanía española.

Los letrados, que recuerdan que si la amnistía no está regulada en la Constitución es porque así lo quiso el legislador en la Transición, echan mano a cómo se ha tratado este asunto desde las Cortes de Cádiz de 1012 y recurren al Derecho comparado para subrayar que la mayoría de los países europeos que las conciben lo hacen expresamente dentro de sus Ley Fundamental, se muestran singularmente críticos con el modo en que se ha tramitado esta ley orgánica para suplantar la vía de la reforma constitucional. Junto a ello, aseguran que es irregular que se devolviera el 30 de enero.

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