El Supremo examina el encaje de la amnistía y mantiene la orden de detener a Puigdemont
El fiscal general del Estado trata de doblegar a los fiscales del Supremo para blindar a Puigdemont y Junqueras
El Supremo y la Audiencia Nacional, los dos tribunales que instruyen las causas contra los principales líderes del ‘procés’, comenzaron este martes a mover los engranajes que establece la ley de amnistía a la espera de poder plantear posibles recursos una vez escuchadas las partes.
El magistrado del alto tribunal Pablo Llarena, instructor de la causa por la intentona secesionista de 2017, dictó una providencia en la que dio un plazo de cinco días a los actores personados para que informen sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la norma a los distintos hechos que se atribuyen a los cuatro encausados: Carles Puigdemont, Antoni Comín, Lluis Puig y Marta Rovira, y sobre la pertinencia de mantener o modificar las medidas cautelares acordadas contra ellos, como las órdenes de detención en vigor.
En este sentido, en la misma resolución el magistrado ordena que se comunique a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que «continúan vigentes y activas las órdenes nacionales de detención» de los cuatro procesados, adoptadas en un auto de enero de 2023, «por lo que deben proceder a su cumplimiento mientras esas decisiones no sean judicialmente modificadas o revocadas», avisa. Llarena sorteó así la letra pequeña de la entrada en vigor de ley de amnistía, que recoge que las medidas cautelares vigentes «se alzarán incluso cuando tenga lugar el planteamiento de un recurso o una cuestión de inconstitucionalidad contra la presente ley o alguna de sus disposiciones». En la práctica, esto supone que, de momento, la previsión de Puigdemont de acudir en persona a la sesión de investidura en el Parlament catalán, cuya fecha tope es el 25 de junio, se complica porque supondría su arresto para comparecer de inmediato ante el Supremo, donde está procesado en rebeldía por los delitos de malversación de caudales públicos y desobediencia. Por su parte, el tribunal de la Sala Segunda (Penal) que juzgó la causa del ‘procés’ y la magistrada Susana Polo, instructora del ‘caso Tsunami Democratic’, dictaron este martes otras dos resoluciones en las que dieron traslado a la Fiscalía y al resto de partes para que presenten alegaciones a la aplicación de la ley.
Conflicto latente
Ya es una guerra total. El fiscal general del Estado se enfrentó este martes abiertamente a los fiscales del Tribunal Supremo de la causa del procés a los que ordenó que redacten un informe alternativo al que le presentaron el pasado 30 de mayo y en el que aseguraban tajantes que los delitos de malversación de caudales públicos —uno de los ilícitos de los que está acusado Carles Puigdemont y por el que ya está condenado, entre otros, Oriol Junqueras— no son amnistiables, según el criterio jurídico de la Unión Europea.
El intento del máximo responsable del Ministerio Público de imponer su criterio en contra de los argumentos de los fiscales del alto tribunal no tuvo éxito. Los fiscales del procés avisaron que no tienen intención de cambiar el tenor de su informe, por mucho que el fiscal general les insistiera en que su estudio es demasiado genérico y que tienen que redactar un dictamen que se circunscriba a la realidad actual tras la aprobación de la amnistía. En esa línea, le reiteraron que no hay forma de borrar el delito.
Oposición
La investidura catalana, pendiente de Puigdemont
Hay dos factores que alteran el producto de la investidura catalana: la guerra interna en ERC y la situación procesal de Carles Puigdemont. Nadie se atreve a apostar si el expresident será amnistiado a corto plazo y si podrá regresar a España a tiempo para amoldarse al calendario del Parlamento catalán.
El nuevo presidente de la Cámara catalana, Josep Rull, abrirá la semana que viene una ronda de contactos para designar a un candidato a la investidura. Quiere saber quién se postula y con cuántos apoyos cuenta. Hay dos aspirantes: Carles Puigdemont y Salvador Illa. Hasta ahora, Junts decía que su intención era conquistar la presidencia del Parlament.
PSC y Gobierno rechazan recurrir la votación de la mesa del Parlament
El Gobierno de Pedro Sánchez no contempla elevar un recurso al Tribunal Constitucional contra la decisión de los dos miembros de Junts y ERC en la Mesa de Edad del Parlament que permitieron este lunes que Carles Puigdemont y Lluís Puig, prófugos de la justicia, participaran a distancia en la elección la presidencia de la Cámara catalana, en contra de lo dictaminado por el órgano de garantías. Tampoco lo hará el PSC.
El Ejecutivo, que aún mantiene vivas sus esperanzas de que ERC acabe apoyando la designación del socialista Salvador Illa como president y, a corto plazo, aspira a sacar adelante los Presupuestos Generales del Estado para 2025 minimizó este martes la triquiñuela.
El TSJ catalán pide a las partes que respondan si debe exculpar a Mas y Torra
La sala civil y penal del TSJC trasladó este martes a las partes para que, en el plazo de 10 días, se pronuncien sobre cómo afecta la ley de amnistía en algunas de las principales causas del ‘procés’. Estos casos son por la consulta del 9-N de 2014, por la que fueron condenados Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau; la pena por desobediencia al expresidente Joaquim Torra por las pancartas; las sentencias contra Bernat Solé y Pau Juvillà; y el juicio pendiente contra Josep M. Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga por el 1-O.
Mientras, los abogados de algunos de los condenados y procesados por el ‘procés’ que son dirigentes de ERC y Junts, así como de activistas anónimos dieron los primeros pasos para ser amnistiados. «Comienza una nueva batalla», afirmó el secretario general de Junts, Jordi Turull.
Primer recurso a Europa
El Tribunal de Cuentas (TC) activó ayer, solo horas después de la entrada en vigor de la ley de amnistía, el mecanismo judicial más temido por los promotores e hipotéticos beneficiarios de esta controvertida norma. La institución fiscalizadora, que investiga el desvío de más de 5 millones de euros públicos para financiar el procés, preguntó a las partes sobre si apoyan o no acudir al Tribunal de Justicia de la Unión de Europea (TJUE) para plantear una cuestión prejudicial sobre la legalidad de esta norma.
La simple admisión a trámite de este tipo recurso para su estudio en principio debería paralizar la aplicación de la ley mientras no resuelva el TJUE.