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García Ortiz convoca la Junta de Fiscales para imponerles la amnistía

El cónclave se celebrará el martes tras el criterio contrario a perdonar la malversación

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. ELISEO TRIGO

Publicado por
Mateo Balín
Madrid

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El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, dio este jueves el primer paso para que la cúpula del Ministerio Público se pronuncie sobre la controversia jurídica que mantiene con los fiscales de la causa del ‘próces’, que se oponen a aplicar la ley de amnistía al delito de malversación de caudales públicos atribuido a los líderes independentistas al financiar con dinero público el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

El máximo representante de la Fiscalía certificó que los fiscales del Tribunal Supremo Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno no dan su brazo a torcer e insisten en informar en contra de la aplicación de la polémica normativa a los condenados o procesados por este delito, entre ellos Oriol Junqueras o Carles Puigdemont. De ahí que, según confirmaron fuentes de la Fiscalía General, García Ortiz pidió este jueves a los fiscales de Sala que, «en previsión de la activación de los mecanismos estatutarios» «se reserven» el martes día 18 «para la posible celebración de una Junta de Fiscales de Sala», órgano que asiste al fiscal general.

Pero para que ese cónclave se celebre, García Ortiz tiene que ordenar antes a los cuatro fiscales que cambien el sentido de su informe, como finalmente sucederá, y que estos se nieguen a alterar su criterio. Y es que los fiscales del ‘procés’ reiteraron en su último informe, conocido el miércoles, que al no aplicarse la amnistía a los condenados o procesados por malversación (aunque sí en el caso de los delitos de desobediencia y desórdenes públicos) tampoco puede alzarse las medidas cautelares —que la ley ordena dejar sin efecto de forma inmediata tras su entrada en vigor—, lo que mantendría activa la orden nacional de detención contra Puigdemont. «Estimamos que su aplicación en lo que concierne al delito de malversación de fondos públicos es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la norma», defienden en su escrito remitido al fiscal general. Según su criterio, la ley de amnistía sí es aplicable tanto a la secretaria general de ERC Marta Rovira y a la exconsejera Clara Ponsatí, que están procesadas únicamente por el delito de desobediencia como a los condenados por este delito, pero no a Puigdemont, Comín y Puig ni a los ya condenados por malversación: Junqueras, Turull, Romeva y Bassa.

Lastra endosa a su jefe la difusión de datos del novio de Ayuso

Como era de esperar, la fiscal superior de la Comunidad de Madrid, Almudena Lastra, declaró este jueves ante el magistrado del Tribunal Superior autonómico que instruye la querella de Alberto González Amador que recibió la "orden directa" del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de difundir la nota aclaratoria sobre las conversaciones entre el abogado de la pareja de la presidenta regional y el fiscal que denunció el presunto fraude fiscal del empresario.
Según explicaron fuentes jurídicas, el magistrado Francisco José Goyena interrogó a Lastra en relación al delito de revelación de secretos por funcionario que se atribuye a la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, y al fiscal del caso, Julián Salto. Ambos están siendo investigados por el comunicado oficial en el que se informaba sobre el cruce de correos entre las partes. Una nota que vino a matizar la información malintencionada difundida desde el Gobierno madrileño, que aseguró que Salto ofreció primero un acuerdo extrajudicial al abogado de González Amador y luego lo retiró "por órdenes de arriba", cuando en realidad fue al contrario. Lastra habría detallado en su testifical que recibió la orden de dar la nota por parte del fiscal general, ya que ella se negó a difundir el documento al ser incompatible con el deber de confidencialidad aunque cumplió el artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF). Dicho artículo establece que "el Fiscal General podrá impartir a sus subordinados las órdenes e instrucciones convenientes al servicio y al ejercicio de las funciones, tanto de carácter general como referidas a asuntos específicos".
La testifical tuvo lugar después de que García Ortiz haya asumido la responsabilidad de la difusión de la nota de prensa y haya solicitado que la causa sea enviada al Tribunal Supremo, el competente para asumir la investigación por su condición de aforado. Por ahora, el magistrado ha dado traslado a las partes para que se pronuncien sobre este escrito.
Conocer los correos El instructor Goyena trata de investigar a instancias de González Amador "quién o quiénes fueron las personas físicas concretas que intervinieron en la decisión de hacer público dicho comunicado de prensa y el máximo responsable (en rango) de la carrera fiscal que acordó o dio el visto bueno a la decisión de difundir el comunicado", y en el que se reveló que éste reconoció primero el fraude fiscal en busca del acuerdo.
En las diligencias solicitadas, el magistrado pidió que se remitiera relación y copia del soporte original de todas las comunicaciones mantenidas por el Ministerio Fiscal (emails recibidos y enviados) con el abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso con ocasión de la defensa del mismo antes y después de hacerse público el polémico comunicado.

Los fiscales defienden que la malversación por el 1-0 es equiparable a la que se comete con enriquecimiento ilícito en la medida en que hubo una apropiación personal de fondos públicos para destinarlos a unos fines distintos a los legalmente establecidos. Y en todo caso, añaden, la ley tampoco sería aplicable a esta modalidad agravada del delito por afectar a los intereses financieros de la UE. Los fiscales sostienen que la malversación «supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto» y esto les produjo un beneficio. En su tesis, no hay duda de que Puigdemont y sus compañeros, «decididos a toda costa a celebrar el referéndum ilegal, conocían perfectamente la magnitud de los gastos y la necesidad de obtenerlos», por eso recurrieron «con clamorosa infracción del deber de custodia a la sustracción del erario público de todos los españoles».

Enriquecimiento

Los fiscales defienden que la malversación del 1-O es equiparable a la del enriquecimiento ilícito