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El Ejecutivo empleó un ‘atajo’ para cambiar la ley de enjuiciamiento civil

Los secesionistas veían en el 43 bis de la norma un obstáculo para la aplicación de la amnistía

María Jesús Montero, Pilar Alegría y Ana Redondo durante la rueda de prensa del martes. CHEMA MOYA

Publicado por
Agencias
Madrid

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El real decreto ley anticrisis aprobado el pasado martes por el Gobierno para «afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo», y publicado este jueves en el BOE, escondía una sorpresa.

El Gobierno ha colado en él un asunto del que no informó la vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la comparecencia en la que explicó por qué se había decidido, entre otras cosas, prorrogar la rebaja del IVA de los alimentos básicos al 0% e incluir en el listado de productos exentos del impuesto el aceite de oliva: la derogación de un artículo de la ley de enjuiciamiento civil que, según Junts, dificultaba la aplicación de la ley de amnistía. La decisión de meter la reforma procesal dentro de un paquete de medidas de índole fiscal, energética y social resulta llamativa. Pero la modificación en sí estaba en realidad comprometida desde hace medio año, cuando, en una negociación agónica para intentar salvar los tres primeros reales decretos leyes de la legislatura, el Ejecutivo claudicó ante varias exigencias de los ‘posconvergentes’. Una de ellas fue la del IVA del aceite, otra la publicación de las balanzas fiscales, también logró la delegación de las competencias sobre inmigración (la única cesión aún pendiente) y por último la derogación del citado artículo 43 bis.

El Gobierno se pasó los días previos a la votación argumentando que no era posible retirar ese apartado de la ley de enjuiciamiento civil porque había sido la propia Comisión Europea la que había pedido su introducción en el ordenamiento interno para clarificar que cuando un tribunal requiere la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para resolver un litigio, es decir, cuando plantea lo que se conoce como una cuestión prejudicial, puede suspender motivadamente el procedimiento en curso hasta obtener respuesta. El ministro de Justicia, Félix Bolaños, llegó a sostener incluso que de esa incorporación a la legislación nacional dependía el desembolso de una nueva entrega de fondos europeos. Una vez aceptada la exigencia del partido de Carles Puigdemont a cambio de su abstención, sin embargo, matizó tanto el razonamiento económico como el jurídico. Aseguró que los fondos no estaban vinculados a esa reforma concreta sino a un compendio más amplio para la modernización de la justicia (e incluido en uno de los reales decretos leyes que prosperó aquel día) y que, a la postre, la existencia o no del 43 bis nada cambiaba en la práctica.

En esa última afirmación es en la que insisten ahora fuentes del Ejecutivo. Remarcan que las cuestiones prejudiciales ya suspendían procedimientos antes de que se introdujera esa previsión en la ley y que seguirá haciéndolo cuando desaparezca. En cuanto a los fondos, Bruselas desbloqueó hace dos semanas el cuarto pago del plan de recuperación.

Medida aprobada

La modificación se introdujo con el paquete de medidas anticrisis de este martes

Origen de la medida

Este cambio fue acordado hace medio año en una negociación para aprobar tres decretos ley

Sin anuncio

La modificación no fue anunciada por la vicepresidenta primera, María Jesús Montero

La Fiscalía apoya amnistiar a los 12 CDR procesados por terrorismo

La Fiscalía de la Audiencia Nacional se mostró este jueves a favor de amnistiar a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por pertenencia a organización terrorista por su intento de conseguir la independencia de Cataluña por la vía violenta. La teniente fiscal Marta Durántez sostuvo ante el tribunal que en los hechos investigados no se aprecia una violación de los Derechos Humanos y que los actos no afectan a los intereses de la Unión Europea, por lo que encajan en la norma que regula la medida de gracia en vigor.

En una vista celebrada este jueves, la representante del Ministerio Público sostuvo que no se puede «partir de suposiciones y del potencial daño que se podría haber causado» con sus acciones «sino de certezas». «Y esta es que ninguna lesión a los derechos invocados como exclusiones en la ley de amnistía se produjeron», dijo.

Las defensas de los 12 radicales de los grupos operativos de los CDR detenidos en 2019 con material para fabricar explosivos caseros y planes de ataques violentos pidieron esta vista para reclamar la suspensión del juicio y valorar el encaje de los hechos en la ley de amnistía. Fue el pasado 1 de abril cuando estaba previsto que se celebrase esta vista, que tuvo que ser aplazada después de que uno de los letrados, el del procesado Alexis Codina, no pudiese asistir por estar de baja médica. La decisión del tribunal de posponer llegó en contra del criterio del fiscal de la Audiencia Nacional Vicente González Mota, quien asumió esta causa tras la marcha de su colega Miguel Ángel Carballo.

Junts confirma que Puigdemont asistirá al primer pleno de investidura

Junts no da su brazo a torcer. Si este miércoles el líder del PSC, Salvador Illa, en el pleno del Parlament, acotó el terreno y afirmó que solo hay dos opciones —su investidura o elecciones— los postconvergentes aseguraron este jueves que las posibilidades que hay son la elección de Puigdemont o la repetición de los comicios. Los junteros confían en sumar el apoyo de ERC y la CUP para que Puigdemont pueda postularse como aspirante a la presidencia de la Generalitat. En ese caso, creen que Illa deberá elegir entre facilitar la investidura del dirigente nacionalista o «colapsar» su elección e ir a elecciones, según ha señalado este jueves el portavoz de Junts, Josep Rius, en la Ser.

Más amnistiados

Por otro lado, la Fiscalía de Cataluña ha reclamado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que aplique la ley de amnistía a Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natalia Garriga. En un escrito firmado por el fiscal Pedro Ariche, el Ministerio Público pide la extinción de las responsabilidades penales y civiles para los tres dirigentes de Esquerra. Eso sí, afirma que lo solicita por «estricta aplicación de los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica» y en consecuencia sigue el criterio del fiscal general y de la junta de fiscales. Los tres están procesados y pendientes de juicio.

El TSJC fijó meses atrás para el 27 de septiembre la fecha de inicio del juicio contra los tres por su participación en el referéndum ilegal.