El Gobierno y PP chocan por el sistema de elección del CGPJ tras el ‘gran pacto’
Bolaños subraya que la propuesta que debe elaborar el nuevo Consejo no es «vinculante»
El Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) nacido del acuerdo sellado esta semana por el PSOE y el PP, después de más de cinco años de tensiones, tendrá como mandato específico, según la proposición de ley ya registrada por ambas fuerzas en el Congreso de los Diputados, la remisión a las Cortes Generales de una propuesta de reforma de su sistema de elección. Es uno de los asuntos que los populares blanden como gran victoria. Pero el ministro de Justicia, Félix Bolaños, ya ha rebajado de manera drástica su relevancia.
Los populares llevan años argumentando que, conforme a la Constitución, los doce vocales que deben ser elegidos de entre jueces y magistrados (los otros ocho lo son de entre juristas de reconocido prestigio) deberían ser elegidos mediante el voto directo de los propios jueces y no por la Cámara baja y el Senado. En algún momento incluso supeditaron la renovación del órgano a la aplicación de la fórmula, que el PP llevó en su programa electoral de 2012 pero no llegó a aprobar pese a gobernar con mayoría absoluta. Los socialistas siempre se han opuesto a cualquier cambio que prive a las cámaras de su actual atribución.
Finalmente, y como reclamaba la Comisión europea, el relevo en la institución se ha hecho según la ley vigente. El ejecutivo comunitario también llevaba años reclamando una modificación del sistema de elección de los vocales «de manera que no menos de la mitad de los miembros jueces sean elegidos por sus pares, en línea con los estándares europeos». Pero la disposición adicional pactada por los dos grandes partidos es suficientemente ambigua como para no poder dar por descontado que, efectivamente, vaya a darse ese paso.
Lo que dice el texto es que «en el plazo de seis meses» desde la entrada en vigor de la ley, el Consejo elaborará, por un lado, un informe «con objeto de examinar los sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al español» y, por otro, «una propuesta de reforma del sistema de elección de los vocales designados aprobada por una mayoría de tres quintos de sus vocales que garantice su independencia» y que «con la participación directa de jueces y magistrados que se determine» pueda ser evaluada «positivamente» por el informe del Estado de Derecho de la Comisión. La disposición añade que esa propuesta será «trasladada» al Gobierno, al Congreso y al Senado para que a su vez elaboren y sometan a la consideración de las Cortes Generales un proyecto de ley o proposición de ley de reforma del sistema de elección de los vocales judiciales.