Diario de León

SENTENCIAS TRIBUNALES

De Rumasa a los ERE: historia de un desencuentro entre el Constitucional y el Supremo

Imagen de archivo de la sede del Tribunal Constitucional en Madrid. EFE/Juanjo Martín

Imagen de archivo de la sede del Tribunal Constitucional en Madrid. EFE/Juanjo Martín

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Agencias

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Rafael Martínez

Madrid, 8 jul (EFE).- El caso de los ERE de Andalucía es el último capítulo de los desencuentros históricos entre el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, que en una ocasión apeló al rey como moderador ante las tensiones e, incluso, llegó a abrir una investigación a los magistrados del TC por filtrar la sentencia de Rumasa.

Mientras el Constitucional es el máximo garante de la Carta Magna y se ocupa de las vulneraciones de derechos fundamentales, el Supremo es el más alto órgano jurisdiccional del país, aquel que sienta la jurisprudencia al resto de órganos judiciales del país. Ahora bien, los choques de trenes no son infrecuentes y de hecho la hemeroteca da cuenta de los altibajos entre ambas instituciones.

- Los ERE de Andalucía, Alberto Rodríguez y Otegi

Tres duros golpes ocurridos en seis meses. El más sonado, el último, pues el TC ha desmontado la pieza política de los ERE borrando casi en su totalidad la prevaricación y la malversación, con duras críticas al alto tribunal, al que reprocha por su falta de argumentación y por saltarse la separación de poderes, al haber criminalizado actos gubernativos y legislativos de la Junta.

Previamente, el Constitucional amparó a Otegi, y rechazó repetir el juicio por el caso Bateragune sobre el intento de reconstruir Batasuna, como había ordenado el Supremo. Alegó que no podía volver a celebrarse un nuevo juicio porque ni así lo reclamó Otegi y por la prohibición de ser juzgado dos veces por el mismo hecho.

Y con Rodríguez, el TC noqueó dos veces al Supremo, al anular tanto la condena de inhabilitación por dar una patada a un policía durante una protesta en 2014 como la retirada de su escaño, que consideró un "desproporcionado sacrificio" de sus derechos políticos por entender que la condena fue incorrecta.

El conato de rebelión apelando al papel moderador del rey

Todos estos reveses caen mal en el Supremo, pero como es lógico no van a más, pues se aceptan las decisiones del Constitucional. Sin embargo, existió un conato de rebelión cuando en 1994 el alto tribunal apeló al poder moderador del Rey contra un fallo del TC, tras llegar a valorar incluso una denuncia a la corte de garantías.

La Sala de lo Civil elevó al rey Juan Carlos I, "como máximo poder moderador del Estado", su malestar al considerar que el Constitucional invadió su jurisdicción, por declarar firme una sentencia de la Audiencia de Madrid que el Supremo había anulado sobre la negativa de un hombre a hacerse una prueba de paternidad.

Aquello cortocircuitó las relaciones pues la corte de garantías actuaba como si tuviese competencia para resolver un recurso de apelación o de casación, una irregularidad a ojos del Supremo que les llevó a invocar el artículo 56 de la Carta Magna que dice que el Rey "arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones".

Cuando el Supremo denunció a los 12 magistrados del TC

Si aquello fue la primera vez que magistrados del Supremo se rebelaban contra magistrados del Constitucional, cómo interpretar lo ocurrido en 1984 cuando la Sala Segunda del TS ordenó la incoación de oficio de diligencias penales contra los 12 miembros del TC, por la filtración a la prensa de la sentencia dictada en el caso Rumasa.

Aquellos declararon por escrito y el asunto terminó en archivo, pero entonces no fueron pocos los juristas que interpretaron lo ocurrido como una revancha por el número de sentencias que la corte de garantías había dictado contrarias a la doctrina del Supremo.

La legalización de Bildu y Sortu

Otro foco de tensión vino derivado de la legalización de Bildu y Sortu. En 2012, el TC reconoció el derecho de Sortu a ser inscrito en el registro de partidos políticos al anular un fallo del Supremo que la había declarado ilegal por considerarla heredera de Batasuna. Un años antes, el Constitucional permitió a Bildu concurrir a las elecciones municipales al revocar por un solo voto la decisión del Supremo de anular las 254 listas de la coalición abertzale.

El Constitucional zanjó que las dos formaciones habían condenado la violencia en respuesta a la interpretación del TS que veía aquello como "una táctica instrumental que la propia ETA auspicia".

Con todo, el primer revés al Supremo en aplicación de la ley de partidos fue en 2009 cuando la corte de garantías permitió a Iniciativa Internacionalista presentarse a las europeas de 2009 al entender que no era continuadora de Batasuna.

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