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Así funciona el trámite de asilo en España

Simpatizantes del excandidato opositor a la Presidencia de Venezuela, Edmundo González Urrutia, este domingo en la puerta de la base aérea de Torrejón de Ardoz (Madrid). EFE/ Borja Sánchez-trillo

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Laura Camacho

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El opositor venezolano Edmundo González Urrutia ha iniciado los trámites para solicitar asilo en España tras aterrizar el pasado sábado en Madrid en compañía de su esposa, un proceso que, según ha avanzado el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, será favorable para el excandidato presidencial.

Con todo, el trámite que González Urrutia debe seguir para lograr protección en España es el mismo que el de cualquier otro solicitante, un procedimiento que tiene un plazo máximo de un mes para que la administración decida si lo admite o no.

El derecho de asilo

La Ley reguladora del Derecho de Asilo y la Protección Subsidiaria configura el asilo, reconocido en el Artículo 13.4 de la Constitución Española, como la protección dispensada por España a los nacionales no comunitarios o a los apátridas a quienes se reconozca la condición de refugiado.

Un reconocimiento que España otorga tras valorar que una persona ha huido de su país de origen porque es perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual.

A quienes no cumplen los requisitos para ser considerados refugiados pero que no pueden regresar a su país porque se arriesgan a ser condenados a pena de muerte o sufrir torturas y amenazas graves contra su vida se les otorga protección subsidiaria.

El amparo concedido con la protección internacional (término que engloba tanto el derecho de asilo como la protección subsidiaria) consiste en la no devolución ni expulsión de las personas a quienes se les haya reconocido.

¿Cómo se solicita?

El extranjero no comunitario o el apátrida que desee solicitar protección internacional en España pueda presentar su solicitud en la Oficina de Asilo y Refugio, organismo dependiente del Ministerio del Interior; en los puestos fronterizos; en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE); en aquellas comisarías de Policía autorizadas para este trámite o en una legación diplomática.

La solicitud se presenta personalmente y consiste en una entrevista, que debe efectuarse siempre de forma individual con un funcionario habilitado y en la que podrá contar con la presencia de intérprete y abogado.

Desde la entrada en el territorio español, el interesado tiene plazo de un mes para iniciar el trámite.

En este primer paso, el solicitante deberá detallar los motivos por los que pide asilo, presentar lo antes posible la documentación en que se apoye la solicitud, comparecer cuando sea requerido, informar sobre cualquier cambio de domicilio y facilitar la recogida de sus huellas dactilares.

Todas las solicitudes son valoradas por la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) y las decisiones son tomadas por el Ministerio del Interior a propuesta de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR).

¿Cómo es el procedimiento?

En la fase de admisión a trámite se descartan las solicitudes cuyo estudio no corresponde a España o que no reúnan los requisitos establecidos por la ley (que la persona esté reconocida como refugiada en un tercer país, proceda de un país seguro, haya reiterado una solicitud ya denegada en España sin circunstancias nuevas o sea europeo).

Si la solicitud se ha presentado en un puesto fronterizo o en un CIE, el peticionario deberá permanecer en el centro habilitado hasta que se decida si se admite a trámite o se rechaza. Las autoridades tienen 96 horas para notificar la decisión. Esto es lo que ocurre en el aeropuerto de Barajas.

En caso de que la solicitud se haya presentado en territorio español, se valorará en el plazo de un mes si se admite y continúa el procedimiento de urgencia.

Transcurrido ese tiempo, si no recibe una resolución de inadmisión, se considera admitida por silencio administrativo y el solicitante queda en situación de permanencia provisional en España.

Por contra, si no se admite, se ordenará el retorno, devolución, expulsión, salida obligatoria de España o traslado al país responsable de examinar la solicitud de asilo del peticionario.

¿Cuáles son los efectos de la concesión del asilo?

Los beneficiarios no serán devueltos al país de origen, obtendrán permiso de residencia y trabajo permanente, documento de identidad, tendrán derecho a la reagrupación de familiares directos y acceso a servicios públicos de empleo, educación, sanidad, vivienda o servicios sociales.

Además, se reducirán los plazos de acceso a la nacionalidad española.

Venezuela, a la cabeza de solicitudes

Los ciudadanos venezolanos (60.534), colombianos (53.564) y peruanos (14.308) acaparan casi el 80 % de las 163.220 solicitudes de protección internacional presentadas en 2023.

El año pasado 7.330 personas lograron el estatuto de refugiado y 3.833 protección subsidiaria. Malienses (2.362), afganos (1.120), sirios (1.153), nicaragüenses (837) y hondureños (736) fueron las principales nacionalidades a las que se concedió asilo.

Por delante de todos ellos, 40.674 venezolanos recibieron protección por razones humanitarias en 2023, después de que cuatro años antes el Gobierno comenzara a conceder este tipo de protección a raíz de la crisis política y humanitaria de Venezuela, que implica reconocerle un permiso de residencia o estancia temporal humanitaria.

240 venezolanos llegan a España cada día

Más de 240 ciudadanos venezolanos llegaron a España cada día durante el primer semestre de 2024, hasta alcanzar actualmente una cifra aproximada de 390.000 personas, y un tercio de ellos eligieron Madrid para fijar su residencia, según diversas estadísticas oficiales españolas.

Esto representa una ligera aceleración -un 7 % más- en la llegada de ciudadanos de Venezuela respecto al año pasado, cuando, según la misma fuente, se trasladaron a España 82.200 personas procedentes de aquel país -21.500 en el primer trimestre, 18.100 en el segundo, 15.300 en el tercero y 27.300 en el cuarto, cifra récord-, lo que significó una media de 225 al día o 1.576 a la semana.

Los datos del INE constatan el progresivo aumento de la población de origen venezolano en España, que en los últimos diez años se ha multiplicado por más de siete.

Así, a 1 de enero de 2003, tras cuatro años de gobierno de Hugo Chávez, residían en España 25.044 personas con pasaporte venezolano.