El Gobierno cuela por la puerta de atrás la excarcelación de 44 etarras
La oposición no se percató de la supresión del precepto que les impedía descontarse penas
El Gobierno coló a la oposición por la puerta de atrás el pasado septiembre una reforma legal para acelerar la excarcelación de, al menos, 44 etarras, algunos de los cuales podrían conseguir en breve su puesta en libertad definitiva. El ardid se produjo durante la tramitación, en principio anodina, de la reforma 7/2014, sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones penales en la Unión Europea.
Durante el trámite de ponencia, el Ejecutivo introdujo sendas reformas para supresión del precepto que impedía que los etarras pudieran descontarse las penas que han cumplido en Francia. Y posteriormente el Parlamento, en Pleno, de manera unánime, dio su visto bueno a estos cambios, que este martes se votan en el Senado, sin que nadie hiciera la más mínima mención los reclusos de la banda terrorista. Bildu y los propios letrados de los etarras llevaban desde 2015 demandando la derogación de ese precepto incluido un año antes por el Gobierno de Mariano Rajoy para no dejar que los presos se rebajaran las condenas cumplidas en territorio galo.
El informe de ponencia que el pasado 12 de septiembre la Comisión de Justicia remitió a los diputados del Pleno, sin previo aviso, dos cambios fundamentales que, obviamente, no figuraban detallados tampoco en la exposición de motivos. El primero fue la inclusión de una denominada modificación «doce bis (nuevo)» en la que literalmente se «suprime la disposición adicional única» del texto de 2014. Era esa disposición la que el PP de Rajoy introdujo a última hora en el Senado para impedir que los condenados antes de agosto de 2010 pudieran beneficiarse del nuevo cómputo más favorable. Esta modificación ‘in extremis’ de los populares hace una década, que entonces tampoco se dieron cuenta en un primer momento de que estaban a punto de rebajar las penas a decenas de etarras, posteriormente en 2018 fue avalada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), cegando hasta ahora la posibilidad de esos descuentos de penas.
La segunda reforma de ‘tapadillo’ este septiembre fue la inclusión en ponencia de la denominada reforma «once bis (nuevo)» que «modifica el artículo 14» en su primer epígrafe, garantizando ahora que «las condenas anteriores firmes dictadas en otros Estados miembros contra la misma persona por distintos hechos surtirán, con motivo de un nuevo proceso penal, los mismos efectos jurídicos que las condenas anteriores firmes dictadas en España». Y no solo eso, sino que «esta equivalencia de efectos jurídicos se aplicará en la fase previa al proceso penal, durante el propio proceso y con ocasión de la ejecución de la condena impuesta».
El texto definitivo llegó al Pleno del Congreso el pasado 18 de septiembre. Obtuvo 346 votos a favor, ninguno en contra. Nadie, en ningún momento del debate, hizo mención alguna a la situación de los presos de ETA