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El novio de Ayuso pide al TS leer los correos personales del fiscal general

Nuevo varapalo al PP: el Supremo archiva las querellas contra María Jesús Montero

Ayuso ayer, en un acto con mujeres con cáncer de mama. SOFÍA CARABIAS

Publicado por
Melchor Sáiz-Pardo/ Mateo Balín
Madrid

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La defensa del novio de Isabel Díaz Ayuso ha pedido al Tribunal Supremo acceder a los correos de la cuenta personal de Gmail del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Los abogados de Alberto González Amador han reclamado al alto tribunal que ordene a Google Spain S.L, propietaria de Gmail, que remita copia de todos los «correos electrónicos recibidos y enviados» que contengan una de las frases textuales que el letrado de la pareja de la presidenta madrileña envío al fiscal del caso, Julián Salto, sobre el presunto doble fraude a Hacienda: «’Estudiado el asunto, y de común acuerdo con Alberto González, les comunico que es voluntad firme de esta parte alcanzar una conformidad penal, reconociendo íntegramente los hechos (ciertamente se han cometido dos delitos contra la Hacienda Pública)».

Los letrados del novio de Ayuso también reclaman al instructor del Supremo, Ángel Hurtado, que pida a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid que facilite los correos que la fiscal provincial, Pilar Rodríguez, envió desde sus cuentas oficiales a García Ortiz entre el 5 y el 18 de marzo, fechas en las que se produjo la filtración de los datos sobre la negociación de González Amador con el Ministerio Público para reconocer los delitos. Pilar Rodríguez supuestamente fue la persona que rebotó al mail personal de García Ortiz los correos que se habían cruzado el fiscal del caso y el abogado de González Amador. Esa información sirvió para elaborar la controvertida nota enviada a los medios de comunicación el 14 de marzo.

El Supremo, en su auto en el que la pasada semana imputaba al fiscal general y a Rodríguez, precisó que no ve indicios en la revelación de secretos en ese comunicado, ya que no revelaba nada que antes no se hubiera publicado en los medios, sino en la posible actuación de los dos encausados previamente y la supuesta filtración de esos datos a medios afines.

Con ese comunicado de prensa supuestamente García Ortiz quería desmentir las informaciones periodísticas que apuntaban a que había sido la Fiscalía la que había dado el paso de proponer un pacto a la pareja de Isabel Díaz Ayuso y no al contrario. En ese acuerdo, González Amador reconocía haber cometido dos delitos contra la Hacienda Pública en relación con el Impuesto de Sociedades por valor de 350.951 euros y aceptaba una pena de ocho meses de cárcel con multa de 489.330 euros. El fraude se habría cometido por el cobro de comisiones por la compra de mascarillas durante la pandemia.

El fiscal general siempre se ha escudado en que los datos de ese comunicado ya eran de dominio público por haber aparecido en prensa y que esa nota está amparada por la legalidad porque su objetivo era salir al paso del «bulo» -achacado al jefe de gabinete de Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez- de que habían sido los acusadores públicos del caso los que habían dado el paso de explorar una salida para la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid.

Relacionado con el caso, la Justicia dio ayer un nuevo varapalo al PP. La Sala Penal del Tribunal Supremo rechaza de plano admitir a trámite las querellas por delitos de revelación de secretos e infidelidad en la custodia de documentos presentadas contra la ministra de Hacienda María Jesús Montero y que le acusaban de haber revelado en unas declaraciones públicas el pasado 12 de marzo datos confidenciales del proceso fiscal contra Alberto González Amador, el novio de Isabel Díaz Ayuso, que habría conocido por su puesto como máxima responsable de la AEAT.

El alto tribunal se niega por partida doble a abrir las investigaciones que le reclamaban los denunciantes (Asociación Liberum y Fundación Foro Libertad y Alternativa) porque Montero no pudo revelar «ningún dato personal y reservado», puesto que esa información se había publicado en un medio de comunicación casi doce horas antes.

El Supremo no ve delito alguno porque —incluso como admiten los querellantes— «la noticia relacionada con la actuación del González Amador ante la Agencia Tributaria ya había saltado a los medios de comunicación desde primeras horas de la mañana de ese día 12 de marzo».