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La Justicia española podrá pedir datos sobre el asesinato de sacerdotes y el asalto a la embajada en Guatemala

El juez Garzón recibe luz verde para investigar la matanza de españoles

El Supremo restringió ayer la competencia de la Audiencia Nacional para investigar crímenes contra la humanidad cometidos durante las

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C. Calvar - MADRID.
León

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La resolución del Supremo responde a un recurso presentado por la premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú contra un auto dictado en diciembre del 2000 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En aquel escrito, la Audiencia rechazó la competencia de este órgano para hacerse cargo de las denuncias y querellas interpuestas por varias organizaciones de derechos humanos contra ocho ex altos cargos militares y políticos de Guatemala por genocidio, torturas, asesinato, terrorismo y secuestro. Era una estrategia gubernamental mediante la cual el régimen militar sería responsable del asesinato de unos 170.000 indios mayas y el desplazamiento forzoso de casi un millón y medio de personas entre 1962 y 1996. Entre las víctimas de la represión militar hubo ciudadanos españoles, pero la Audiencia Nacional consideró en su día que correspondía a la Justicia guatemalteca perseguir esos hechos. Por mayoría de 8 votos contra 7, el Supremo decidió ayer admitir a trámite de forma parcial el recurso de Menchú. Entienden los magistrados que España no podrá invocar la jurisdicción universal para investigar hechos ocurridos en otro país y que no le afecten. Ello supone una restricción de la doctrina fijada por la Audiencia Nacional -y que ratificó el Supremo en su día- para encargarse de asuntos como los crímenes cometidos en Chile durante la dictadura del general Pinochet. En su resolución, la instancia penal más importante del país explica que los artículos 6 y 8 de la Convención contra el Genocidio establece que este tipo de delitos deben ser juzgados en el territorio donde los hechos fueron cometidos. Justifica esta decisión con el argumento de que «ningún Estado puede asumir por decisión propia y unilateral la responsabilidad de utilizar el Derecho Penal como instrumento para el mantenimiento del orden internacional». Sólo podrán obviar esos artículos para invocar el principio de jurisdicción universal e instruir sumarios si entre las víctimas hay españoles. Por tanto, España sí puede estudiar lo sucedido en 1980 en su embajada de Guatemala, y también los asesinatos de los sacerdotes. Siete de los 15 magistrados que decidieron sobre este tema entienden que el genocidio es un crimen «universalmente reconocido y unánimemente condenado por la comunidad internacional» y que no se debería ser tan restrictivo.

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