| Documentación | Puntos básicos de la orden |
Considerables mejoras
La orden de protección para la mujer maltratada recoge medidas para garantizar la integridad física de la víctima y velar por su situación jurídica y social. 1 Centralización La orden hará que se centralicen todos los procedimientos, evitando las demoras, ya que las medidas se activirán como máximo 72 horas después de la denuncia. 2 Alejamiento Con las medidas de protección física se pretende evitar que el agresor pueda acercarse en el futuro a la víctima y cometer nuevas agresiones. 3 Rapidez En el plano jurídico, se prevé que la víctima pueda obtener inmediatamente la atribución inicial de la vivienda familiar, la concesión de la custodia de los hijos y el establecimiento de un régimen provisional de prestación por alimentos. 4 Ayudas del Estado La protección social contempla la procuración de diversas ayudas por parte del Estado, las comunidades autónomas y los ayuntamientos. Entre las prestaciones figura la renta activa de inserción, gestionada por el Inem. 5 Medidas penales El juez de instrucción puede dictar medidas penales como prisión provisional para el agresor, prohibición de aproximación a la víctima, prohibición de residencia y prohibición de comunicación, entre otras. 6 Medidas civiles El juez también puede ordenar medidas civiles como la suspensión del régimen de visitas, la retirada de la custodia, la atribución del uso y disfrute del domicilio, fijación de prestación alimenticia, etc.