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La venta de una papelina será delito aunque el contenido de droga sea mínimo

Publicado por
Alfonso Torices - madrid
León

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La venta de prácticamente cualquier papelina de heroína, por mínimo que sea su contenido en droga, es delito, según establece el Tribunal Supremo en una reciente sentencia. Con esta resolución del Alto Tribunal, el alto tribunal aclara a los jueces y magistrados que revocará las sentencias absolutorias, hasta ahora frecuentes, en las que el acusado no era condenado por considerar que la cantidad de «caballo» con la que comerciaba cuando fue sorprendido por la policía era tan pequeña que no constituía delito (normalmente una papelina con escaso peso). La Sala de lo Penal del Supremo señala en la resolución que cualquier persona que comercie con una cantidad superior a 0,75 miligramos de «caballo» puro será condenada por tráfico de drogas, por entender que constituye la «dosis mínima psicoactiva» de esta sustancia que resulta nociva para la salud, por lo que es delito. Así, las condenas en este tipo de casos serán generalizadas porque 0,75 miligramos de heroína pura es una cantidad unas 30 veces menor de la que contiene la dosis habitual de un adicto a esta sustancia, que tiene al menos 22,5 miligramos de droga pura. Con este argumento, el Supremo condenó en la citada sentencia a tres años de cárcel por tráfico de drogas a un hombre que vendió en Bilbao una papelina con 31 miligramos de heroína y que, en primera instancia, había sido absuelto por la Audiencia Provincial de Vizcaya por considerar que la cantidad era ínfima para que se produjese un delito contra la salud pública.