| Análisis | Los precedentes |
Un largo historial de agravios
Los dos máximos tribunales del Estado libran una batalla jurídica desde hace una década, en la que se han acusado mutuamente de intromisión de competencias
El sorprendente fallo conocido ayer hay que enmarcarlo en la batalla que libran ambos tribunales desde hace una década, en la que se han tirado las sentencias a la cabeza en varias ocasiones y se han acusado mutuamente de intromisión de competencias. Hasta ayer el motivo había sido la anulación de las decisiones del Supremo por parte del Constitucional. En 1994 el Tribunal Supremo llegó a anunciar que iba a re-mitir un memorándum al Rey para expresarle su «malestar e inquietud» por la anulación de una sentencia de su Sala Primera de lo Civil. Esta había dado la razón a un piloto que se había negado a someterse a las pruebas de paternidad, pero el Constitucional la revocó y le condenó. Otorgaba así validez a la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que establecía que los varones deben someterse a las pruebas de paternidad que ordenen los juzgados en los procesos de filiación, porque no vulneran derecho fundamental alguno. En aquella ocasión los 16 magistrados de la Sala Tercera del Supremo estimaron que el Constitucional había invadido sus competencias, por lo que se plantearon recurrir la «usurpación de funciones» al monarca, basándose en el artículo 56 de la Constitución, que afirma que es quien «arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones». Finalmente, el asunto se recondujo sin que se pidiera la mediación real. Pero el choque de trenes fue aún mayor en el 2001, cuando el Supremo no sólo criticó durísimamente al Constitucional por invadir sus competencias, sino que dijo que había actuado con una «conducta negligente», utilizado razonamientos jurídicos «inaceptables», cometido un «error mayúsculo» e incurrido en «palmaria contradicción». La causa del conflicto fue la reclamación de Isabel Preysler a una revista del corazón por publicar revelaciones de una ex doncella suya que consideraba atentatorias contra su honor. El Supremo minimizó el asunto y fijó una indemnización de sólo 25.000 pesetas, pero el Constitucional, que sí consideró vulnerada la intimidad de la mujer de Miguel Boyer, la elevó a diez millones. Esto provocó la cólera del tribunal al que se le había enmendado la plana. Ahora las tornas han cambiado.