Diario de León

El tribunal entiende que rechazaron un recurso presentado por el abogado murciano José Luis Mazón «sin estudiarlo»

El Supremo condena a once jueces del Constitucional por negligencia Mazón: «El fallo es un ejemplo para el mundo»

Cada magistrado deberá abonar una indemnización de 500 euros al letrado afectado

ISRAEL SÁNCHEZ

ISRAEL SÁNCHEZ

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Paloma Abejón - redacción | madrid
León

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El Tribunal Supremo ha condenado, por primera vez en la historia, a once de los doce magistrados del Tribunal Constitucional (TC), incluido su presidente Manuel Jiménez de Parga, por archivar el 18 de julio de 2002 un recurso presentado por el abogado Luis Mazón en el que cuestionaba la designación a dedo de los letrados del Constitucional sin entrar a estudiarlo. El Supremo impone a cada uno de los jueces (todos los miembros del Constitucional excepto Jorge Rodríguez Zapata, que se incorporó al tribunal después de la decisión) el pago de 500 euros a Luis Mazón, quien pedía en su recurso una indemnización de 11.000 euros (1.000 de cada magistrado). El texto de la sentencia no se conocerá hasta el lunes, igual que la reacción de los jueces condenados, pero sí se sabe ya que habrá al menos un voto particular en contra y que los once condenados no se verán obligados a dimitir porque el Supremo no ha considerado que actuaran de mala fe. De haber encontrado mala fe hubieran debido cesar, ya que el artículo 23.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional recoge como causa de cese el «haber sido declarado responsable civilmente por mala fe». Indefensión Lo cierto es que la sentencia del Supremo, según fuentes jurídicas consultadas, deja a los miembros del Constitucional en total indefensión. Los jueces de la corte constitucional, como los de la Audiencia Nacional o los miembros del Gobierno, están aforados ante el Supremo. Ese mecanismo -ningún otro órgano judicial puede emprender acciones contra ellos- busca en teoría su protección, pero tiene una consecuencias dramáticas: las sentencias del alto tribunal sin firmes, no pueden ser recurridas ante ningún otro tribunal de justicia. A cualquier ciudadano que agota la vía judicial le queda una penúltima esperanza: el recurso de amparo ante el Constitucional por infracción de algún derecho fundamental durante el proceso. Sin embargo, la naturaleza de los condenados les cierra esta vía de revisión, pues la ley dice que un juez nunca puede juzgarse asimismo, que es lo que ocurriría en este recurso. La corte que defiende la Carta Magna no cuenta con magistrados sustitutos o de refuerzo. El caso no tiene solución en la legislación española porque el legislador nunca pensó que llegase a producirse. Y la última opción, el recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia), también les está vedada: a esta institución supranacional sólo pueden acceder los ciudadanos de los Estados que acepten su jurisdicción una vez hayan agotado todos los recursos posibles en su país. Y, en el caso de España, ese requisito incluye el recurso de amparo ante el Constitucional. El abogado José Luis Mazón calificó ayer la sentencia, que será notificada el lunes a los jueces condenados, como «un triunfo social enorme, no personal, de la lucha por el derecho». Mazón cree que la decisión es un gran salto que demuestra que los magistrados del Constitucional, si cometen infracciones, también pueden ser condenados, y supone un triunfo también de la figura del juez imparcial. «Será un ejemplo para el mundo», dijo. El letrado dijo que no cree que la aceptación de su demanda sea sólo un logro personal sino que «es una victoria de la justicia y de las víctimas de la arbitrariedad judicial». | p.a.

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