La Audiencia Nacional libera a Ibai Ayensa al agotar el plazo de dos años en prisión preventiva
El Poder Judicial investiga el error que permitió la excarcelación de un etarra
Un funcionario se «despistó» en la fecha de revisión del caso para pedir una prórroga de reclusión
El Poder Judicial decidió ayer investigar si el «error» cometido el lunes por un juzgado de la Audiencia Nacional, que permitió excarcelar a un presunto colaborador de ETA, contiene elementos que deban ser depurados por vía disciplinaria. El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial abrió ayer una información previa que, en el plazo máximo de un mes, será enviada a la Comisión Disciplinaria, para que decida sobre su a rchivo o sobre la apertura de unas diligencias informativas -previas al expediente disciplinario- contra el juez. Ibai Ayensa Laborda, detenido en 2002 como supuesto colaborador del comando «Ekaitza» de ETA, abandonó el lunes la cárcel madrileña de Aranjuez después de haber superado los dos años en prisión preventiva -el máximo que permite la ley- sin que el juez instructor hubiese decretado una prórroga de la medida cautelar. No obstante, el sospechoso tendrá que presentarse cada semana ante el juez hasta la celebración del juicio, no podrá abandonar España y deberá comunicar cualquier cambio de domicilio. Sin prórroga La excarcelación se produjo después de que el abogado de Ayensa hiciese ver al instructor, el juez central 1 de la Audiencia Nacional, Guillermo Ruiz Polanco, que contra su defendido no podía acordarse ya prórroga alguna de la prisión provisional por haberse superado el plazo legal para hacerlo. El juez convocó la vista para dictar la prórroga el pasado 23 de febrero, pero ya no pudo acordarla, pese a la insistencia del fiscal, porque «hubiese sido un fraude de ley», según fuentes judiciales, al superar en dos días el máximo de dos años de presión preventiva, ya que fue detenido el 21 de febrero de 2002. Según explica el auto judicial que permitió la excarcelación de Ayensa, el juzgado no convocó la vista para la prórroga unos días antes, lo que hubiese evitado la excarcelación, porque manejaba como fecha límite para hacerlo el 25 de febrero, que era el día que se cumplía el segundo aniversario de su entrada en prisión por orden judicial. Sin embargo, tras la reforma legal de la prisión preventiva, en vigor desde octubre pasado, el plazo máximo de dos años de encarcelamiento provisional no se cuenta ya desde la fecha que se dicta el auto judicial sino desde el momento de la detención, que en el caso de los terroristas suelen ser 4 ó 5 días antes, los que permanecen en dependencias policiales antes de ser puestos a disposición del instructor. Fuentes judiciales indicaron que un funcionario del Juzgado Central de Instrucción 1, tras aprobarse la reforma legal, no se dio cuenta de cambiar en la carpeta del preso la fecha límite para revisar la situación de prisión provisional a la espera de juicio, y que ese sería el origen del error que forzó su excarcelación, un error que no ha sido el primero de este tipo en la sede judicial.