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Un instituto de nueva creación sehará cargo del control sobre el sector

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León

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El borrador de la ley que elabora la Junta ha sido dividido en seis títulos que tratan sucesivamente de la protección y del origen y la calidad de los vinos, de los órganos de gestión y de control de los vinos de calidad producidos en regiones determinadas, de las funciones atribuidas al Instituto Técnico Agrario de Castilla y León y del régimen sancionador. 1 La Junta promoverá el consumo responsable del vino En el título I se contempla que la Junta pueda financiar campañas de información, difusión y promovión del vino y del mosto, pero con ciertos límites: recomendar el consumo moderado y responsable del vino e informar sobre los beneficios de los caldos en la dieta mediterránea. La labor de promoción también debe buscar el conocimiento de los vinos de Castilla y León en los países de Europa. La normativa debe promover asimismo una política de fomento a proyectos de investigación y desarrollo en el sector vitivinícola. 2 Nace el vino de pago, el de mayor categoría y calidad Los niveles de los vinos quedan así: vinos de mesa y de la tierra y también vinos de calidad, entre los que se encuentran los que tienen indicación geográfica, los que han conseguido la denominación de origen, los de denominación de origen calificada y los vinos de pagos. Esta última es una nueva categoría que presupone la excelente calidad de un caldo elaborado en una zona con denominación de origen; si no es así, se debe justificar debidamente que se cumplen los requisitos de calidad. El título II introduce uno de los temás más polémicos de la ley: se exige que las marcas que se usen para la comercialización de vinos de calidad producidos en una región determinada no sean utilizadas en otra distinta. También se dice que el excedente de uva podrá ser destinado a hacer otro vino de menor calidad. 3 Se puede denegar una denominación si los controles de los últimos cinco años no se ajustan a criterios de calidad mínimos Los reconocimientos y los cambios del nivel de protección de los vinos dependerán del Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. Este es el órgano que realiza todas las gestiones para otorgar una denominación de origen, como ocurre con los vinos Tierra de León. La nueva ley dice que cinco años después de solicitar el distintivo, el instituto comprobará si se ha cumplido la gestión y el control de los vinos. A la vista de ello, incluso puede determinar la extinción del reconomiento. 4 Viticultores y vinicultores tendrán la misma representación en los órganos de control La aplicación del título III hubiera sido polémica si los consejos reguladores no hubiesen conseguido ser los máximos órganos de gestión de una zona vitivinícola con denominación, que podrán gestionar más de un vino distinto y de diferente nivel. El pleno del consejo tendrá un presidente, que será elegido por los dos tercios de los vocales electos. También habrá un vicepresidente elegido de la misma forma. El pleno estará constituido por seis vocales en representación de los viticultores, que se eligen entre todos los del registro, y por seis vocales que representan a los vinicultores, también elegidos entre ellos. Los acuerdos más trascendentes se adoptarán por mayoría de dos tercios del total de los miembros con derecho a voto; el resto, por mayoría simple. 5 Una auditoría externa vigilará a los vigilantes Los órganos de gestión estarán sometidos a auditorías técnicas, económicas y de gestión que serán realizadas como mucho cada tres años por parte del Instituto Tecnológico Agrario, que tendrá capacidad para anular un órgano de este tipo si incumple sus obligaciones. 6 Nuevas siglas: nace el ITA Nace el denominado Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León. Tiene como función investigar en matería de enología, trabajar en la mejora de la calidad de los vinos, velar por la certificación alimentaria, aprobar el etiquetado y vigilar a los órganos de control. Entre los objetivos de esta nueva figura administrativa también se encuentra el impulso de la promoción de los Vinos de la Tierra y la participación financiera en la formación de técnicos y profesionales en materia de viticultura, enología y productos agroalimentarios. 7 Los inspectores y veedores tendrán la categoría de agentes de la autoridad Los inspectores de la Junta y los veedores de los órganos de control habilitados por el ITA tendrán la consideración de agente de la autoridad, pudiendo solicitar el apoyo necesario de cualquier otra autoridad, así como de las fuerzas y cuerpos de seguridad. Las sanciones serán impuestas por el delegado de la Junta, si no exceden de 2.000 euros; el director general de Agricultura y Ganadería, si la sanción es menor de 30.000 euros; al consejero si la multa no supera los 300.000 euros, y la Junta, siempre que la sanción sea superior a 300.001 euros.