El Gobierno aprueba medidas para garantizar el buen funcionamiento de los internamientos
Los centros de menores endurecerán su disciplina con un nuevo reglamento
Las madres internadas podrán tener con ellas a los hijos menores de tres años
El Gobierno aprobó ayer un reglamento en el que se detallan las medidas para garantizar la seguridad, el buen funcionamiento y la disciplina en los centros de internamiento de menores, demanda permanente de las comunidades autónomas y del Defensor del Pueblo para poder aplicar con garantías la ley Penal del Menor, en vigor desde hace cuatro años. El Ejecutivo se compromete en la norma a evaluar en el plazo de un año, junto con las administraciones regionales, que son las competentes para gestionar los centros, el resultado de la aplicación del reglamento y a promover, si se creen necesarios, los cambios en el texto que mejoren su eficacia. En la elaboración del documento se tuvo en cuenta la opinión de las comunidades autónomas, del Defensor del Pueblo, de la Fiscalía, del Poder Judicial, de la Agencia de Protección de Datos y del Consejo de Estado. El reglamento regula la forma en que debe aplicarse la ley en tres grandes capítulos: las reglas para la ejecución de las medidas impuestas por los jueces a los menores infractores, la regulación del régimen disciplinario de los centros y la concreción de las funciones del equipo técnico y de la policía judicial. El texto marca un código de funcionamiento interno de los centros, tanto en el ámbito de la seguridad y la vigilancia (encomendada a los trabajadores), como en el educativo y de reinserción social, como en el relativo a las normas de convivencia y los derechos de los internos (menores de 14 a 23 años), que estarán separados por módulos adecuados a la edad, madurez y necesidades. Visitas y permisos Una de las novedades registradas en el reglamento es la posibilidad de que las madres que estén internadas puedan tener con ellas a sus hijos menores de tres años. La norma regula el régimen de comunicaciones, visitas, entregas de paquetes y cartas, los permisos y salidas, las salidas de los fines de semana y las salidas previstas para cumplir con los programas educativos. El documento recoge también los dispositivos de vigilancia y seguridad en los centros, regula cómo puede responderse a las revueltas o actos de violencia y en qué régimen se realizarán registros y cacheos. El régimen disciplinario establece faltas leves, graves y muy graves. Las sanciones pueden acarrear desde la separación del grupo y las privaciones de salidas hasta la privación de participar en actividades recreativas o la amonestación. El nuevo reglamento prevé la el tratamiento individualizado de las medidas de cada uno de los internos y la periodicidad en que el centro deberá enviar al juez informes sobre el grado de cumplimiento de las sanciones por el menor y las incidencias habidas. El texto otorga una gran importancia a los equipos técnicos -formados al menos por psicólogos, educadores y trabajadores sociales-, que deberán prestar asistencia técnica a los jueces y fiscales, asistencia profesional a los menores desde su detención, y que podrán participar de forma activa en la resolución extrajudicial del conflicto entre el menor y el perjudicado.