Diario de León

El alto tribunal informa que una ley orgánica bastará para adaptar el documento de la UE

La constitución europea y la Carta Magna española son compatibles

Acuerdo mayoritario del Constitucional para despejar el referéndum del 20 de febrero

El texto de la Carta Magna europea fue aprobado el pasado 29 de octubre en Roma

El texto de la Carta Magna europea fue aprobado el pasado 29 de octubre en Roma

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Luis Fierro - madrid
León

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El tratado que establece una constitución para Europa no contiene contradicción alguna con la Carta Magna española. Esa es la conclusión a la que ha llegado, por amplia mayoría, el Tribunal Constitucional, que este martes responderá de manera oficial al requerimiento del Gobierno y le indicará que la incorporación del acuerdo constituyente de la UE al ordenamiento interno puede hacerse mediante una mera ley orgánica, sin necesidad de modificar una coma de la norma fundamental española. La decisión fue adoptada este lunes en un pleno convocado de manera expresa para dar respuesta a la consulta del Gobierno. Nueve magistrados coincidieron en que no hay choque alguno entre ambos textos, mientras que otros tres -Javier Delgado Barrio, Roberto García Calvo y Ramón Rodríguez Arribas- elaborarán votos particulares en los que defenderán que sí contradicción entre las dos normas, por lo que hubiese sido necesario reformar la española. La conclusión del Constitucional fue comunicada ayer mismo al Gobierno, al Congreso y al Senado, instituciones que en los próximos días recibirán el contenido completo del acuerdo, todavía en fase de redacción. La decisión despeja el horizonte en el que, el próximo 20 de febrero, se someterá a referéndum el tratado europeo. La estimación del Gobierno es que las posibilidades de éxito de la consulta -tanto en participación como en porcentaje a favor del sí- crecen porque los ciudadanos podrán acudir a las urnas sabedores de que su voto, sea el que sea, no afecta en absoluto a la Constitución Española. Al no ser necesario reformar la Carta Magna, el Constitucional elude el debate sobre el mecanismo a seguir, si el sencillo -que se desenvuelve sólo en sede parlamentaria- o el agravado, que incluye disolución de las cámaras y referéndum. Bastará, por tanto, con la aprobación en el Parlamento de una ley orgánica, para lo que es necesario una mayoría absoluta que el apoyo de los dos grupos mayoritarios asegura.

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