Diario de León

Hechos y cifras

Salud, derecho fundamental

«La acción de la UE, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública y a prevenir las enfermedades humanas y las fuentes de peligro para la salud física y psíquica»

Publicado por
Pilar Vegas - redacción
León

Creado:

Actualizado:

La protección de la salud es un derecho fundamental de todos los europeos, según el texto de la Constitución europea. Esta es una de las medidas que se incluye desde el año 2000 en la Declaración de Derechos Fundamentales, acuerdo que, aunque lleva años aprobado, hasta el momento no tiene valor vinculante para los Estados. La nueva Constitución, sin embargo, la ha incluido íntegramente como parte de su articulado. Según se desprende del texto, cada uno de los países miembros de la UE siguen siendo los responsables principales de garantizar y conseguir ese «elevado nivel de protección» de la salud humana al que hace referencia en el artículo III-278. En él establece expresamente que la acción de la Unión «complementará las políticas nacionales» con la finalidad de «mejorar» la salud pública. De este modo la referencia a que la protección de la salud sea «elevada» se convierte en un término abstracto que no se define ni se establece ningún baremo para medir lo que se considera un «nivel elevado de protección de la salud humana» (artículo III-278. 1.). Junto a esta declaración de intenciones, el texto de la Constitución hace varias afirmaciones rotundas en busca de regular aspectos concreto de la convivencia. De esta forma prohíbe expresamente la clonación reproductiva de seres humanos, cualquier práctica de selección genética que tenga como finalidad hacer una selección humana. Además prohíbe el comercio tanto de personas como de órganos o miembros. Aunque la obligación de garantizar la salud pública descanse en cada Estado, el propio texto establece que la Unión tendrá la obligación de complementar las políticas nacionales y hace referencia a algunos de los principales problemas de salud pública. De esta forma menciona su labor complementaria en la lucha contra las pandemias, en la educación sanitaria en la promoción de la investigación. También dota a la Unión de la obligación de complementar la lucha contra las drogas y el consumo excesivo de alcohol. El texto se constituye en un marco que potencia actividades que ya han estado desarrollando de forma coordinada la Unión Europea. Es el caso de programas para la detección precoz de algunas enfermedades, como el cáncer, o de control de la obesidad. En ambos casos, los programas creados por la Unión han dejado al arbitrio de cada estado cómo organizar los sistemas de detección y control, sin embargo, la UE sí ha estableciendo objetivos comunes alcanzar. Para proteger la salud pública también establece que se propiciará la cooperación con terceros países y con las organizaciones internacionales competentes en materia de salud pública. Uno de los aspectos a los que más atención presta el texto es el de la seguridad sanitaria. Así recalca que se tomarán las medidas necesarias para garantizar la calidad y la seguridad de los medicamentos, de los materiales veterinarios y para proteger de las amenazas para la salud que procedan de fuera de las fronteras de la Unión. Todos ellos son aspectos ya contemplados, pero que la Constitución Europea profundiza más. Domingos Sampedro corresponsal | bruselas ð? Primero fue el carbón. Y el acero. Después se incorporó la agricultura, las reglas de competencia, una moneda común y las fi nanzas sin fronteras. La Unión Europea es, desde sus inicios, un club mercantil que no cesa en su empeño de ganar dimensión. Pero es mucho más que eso. También se trata de un área que cree fi rmemente en un modelo social que apuntala en su Constitución con principios como estos: pleno empleo, protección social y lucha contra cualquier tipo de exclusión. Cierto que un tratado constitucional -como ocurre con la Carta Magna española- no es un verdadero pacto por el empleo, ni gratuidad de la sanidad o las pensiones, por citar sólo algunas de las señas de identidad del modelo social europeo. Se trata más bien de un marco de convivencia que no solo permite a un gobierno desarrollar este tipo de políticas, sino que incluso parece reclamarlas. Principios que ahora intenta consagrar la Constitución europea, como la cohesión económica y social, no son nuevos, ni mucho menos, pues se remontan al Tratado de Roma de 1957. Otros textos, como el de Maastricht (1992), intentaron de- fi nir mejor la vía social europea con artículos como el 123, que se proponía «mejorar las condiciones de empleo» mediante la creación del Fondo Social Europeo (FSE). En actas subsiguientes, como la de Ámsterdam (1997) o Niza (2000) se levantaron nuevas fi las de piedra en el castillo europeo, defi niendo mejor el derecho a la sanidad o a la formación continua de los trabajadores, pero nunca antes se había dicho con tanta precisión que la construcción europea es un proyecto «tendente al pleno empleo y al progreso social», dotado además de «un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente», como dice el Preámbulo de la nueva Carta Magna. Y no solo se plasma en este enunciado el modelo social comunitario. Las centrales sindicales más representativas de Europa ya advirtieron en su día que no avalarían el nuevo texto constitucional si Europa no se defi nía a sí misma como «una economía social de mercado» y consagraba derechos como el de la negociación colectiva. Repasando nuevamente el Preámbulo, se puede ver refl ejado que la UE se defi ne como «una economía social de mercado altamente competitiva», y que entre sus derechos fundamentales consagra con carácter internacional algunos como el de libre asociación, huelga, negociación colectiva, información y consulta de los trabajadores o protección en caso de despido. Es cierto que el Consejo Económico y Social (CES) es un órgano de carácter consultivo, o que los agentes sociales no son oídos en las negociaciones que se libran en la OMC, pero no hay ninguna constitución en el mundo que apuntale de forma tan amplia un modelo social y menos aun conceptos como el «desarrollo sostenible» o la «protección del medio ambiente». RICARD ROBRES HECHOS Y CIFRAS 1960 70 80 Carod dice que líderes «resucitados» del PSC ya engañaron a Cataluña en el referéndum de 1978 ð? Carod Rovira afi rmó ayer que algunos de los protagonistas de la transición que el PSC «está resucitando» para hacer campaña a favor del si, «ya engañaron a Cataluña en 1978 cuando pidieron que votásemos que sí a la Constitución Española». El líder de ERC se ha referido a dichos «protagonistas de la transición» en el transcurso de la presentación de un manifi esto de intelectuales a favor del no. | e.p. La política espacial europea, entre los compromisos

tracking