Diario de León

La decisión rompe la estrategia abierta por Garzón para asfixiar al entorno legal de la banda

La Audiencia Nacional sentencia que las juventudes batasunas no son ETA

Impone penas mínimas a los miembros de la antigua Jarrai, que no irán a prisión

Miembros de Segi que estaban en prisión saludan a otros en libertad condicional durante el juicio

Miembros de Segi que estaban en prisión saludan a otros en libertad condicional durante el juicio

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L.F. Rodríguez Guerrero - madrid
León

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Jarrai, la organización que aglutinó a los jóvenes cachorros de Batasuna y que luego se llamó Haika y Segi, no es ETA. La Audiencia Nacional impuso ayer penas menores a 24 antiguos y actuales dirigentes o miembros de esos grupos tras sentenciar que integraron una asociación ilícita, un «satélite» que ayudó a la banda en la obtención de sus objetivos, pero a los que rechaza dar trato penal de terroristas. La mayoría de los condenados ni siquiera volverá a la cárcel después de los meses pasados en prisión preventiva. El fallo pone en un brete la estrategia diseñada durante los gobiernos del PP para asfixiar el llamado entorno legal de ETA y dejar sin aire a la banda, y a la que dio cuerpo teórico el magistrado Baltasar Garzón: no es terrorista sólo el que mata, sino también aquellos que dan a los atentados cobertura política y crean cuerpo social que ampare a los asesinos. Esa tesis, que respaldó las primeras actuaciones contra organizaciones como Herri Batasuna, Jarrai o las Gestoras pro Amnistía, sin olvidar el cierre de Egin o Egunkaria , sufrió ayer un primer y duro varapalo. Al término de la vista oral, celebrada durante los meses de abril y mayo, el fiscal Enrique Molina redujo su acusación contra los procesados al delito de integración en banda armada, tras dar por supuesto que pertenecer a Jarrai equivale a ser miembro de ETA, y reclamó para cada uno de ellos diez años de cárcel. El Ministerio Público retiró la lucha callejera de su pliego de acusaciones. La AVT se sumó a la petición. Pero a la Audiencia Nacional no le ha salido la ecuación: ETA no es lo mismo que los grupos satélites que colaboran en su estrategia, porque no recurren a métodos terroristas. El fallo, obra del magistrado Carlos Ollero, distingue entre la organización terrorista «armada» y las organizaciones «sociales, políticas o juveniles creadas en el seno del Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV)» para complementar «el verdadero terror ejecutado por la organización armada». Actividad complementaria Alfonso Guevara, presidente de la sala, y Santiago Pedraz, miembro accidental del tribunal, suscriben este argumento que ve en la idea de complementariedad la prueba de que los grupos del denominado entorno legal no son ETA por-que realizan una «actividad complementaria y bajo los designios de ETA a través de medios de coordinación que, de por sí, suponen una dicotomía entre la organización armada y sus satélites». El tribunal no olvida que el Supremo, en sentencia sin efectos penales, equiparó a Batasuna con ETA. Pero insiste en que las organizaciones del MLNV trabajan «coordinadas y bajo los designios de ETA» para completar en distintos ámbitos la estrategia política de la organización hegemónica, «siendo así que es a la lucha propiamente armada a la que debe quedar circunscrito el concepto de banda armada». El fallo, por tanto, ordena la disolución de Jarrai, Haika y Segi, declaradas asociaciones ilícitas, e impone penas de entre treinta y cuarenta y dos meses de cárcel a 24 de los procesados. Además, los jueces absuelven a otras nueve personas. Debido al tiempo pasado en prisión peventiva, ningún condenado irá a la cárcel.

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