Las previsiones apuntan a que le seguirán el de Cataluña, y después Andalucía y Baleares
El nuevo Estatuto Valenciano abre hoy en las Cortes el proceso de reformas
Tras la entrega del texto, el proyecto podría estar aprobado en menos de un año
El anuncio de José Luis Rodríguez Zapatero en su discurso de investidura de impulsar las reformas de los estatutos tomará cuerpo hoy al mediodía. A las 12.00 horas, una delegación de las Cortes valencianas entregará en el Congreso el proyecto de nuevo Estatuto de esa comunidad y abrirá la fase final del proceso de reformas territoriales. Las previsiones apuntan a que el segundo texto que entrará en sede parlamentaria será el de Cataluña y después los de Andalucía y Baleares. El presidente de las Cortes Valencianas, el popular Julio de España, y los portavoces del PP, Serafín Castellano, y del PSPV, Joan Ignasi Plá, encabezarán la delegación que entregará al presidente del Congreso, Manuel Marín, el proyecto aprobado por la cámara autonómica con los votos de los dos partidos mayoritarios y el rechazo de Esquerra Unida-Entesa. A partir de ahí, se iniciará una larga tramitación que comenzará el próximo otoño y que tendrá su primera estación en la toma en consideración por el pleno del Congreso. La cámara escuchará a los representantes de las Cortes valencianas que defenderán la iniciativa y aceptará la reforma ya que tiene asegurado el apoyo de socialistas y populares. El siguiente paso será el debate de las enmiendas en la comisión constitucional, ya sin representantes de las Cortes autonómicas, y su regreso al plenario, que aprobará los nuevos cambios por mayoría absoluta. Completada esta fase, el proyecto pasará al Senado, donde se repetirá al proceso y se dará la luz verde definitiva. Si la cámara alta introduce cambios, tendrán que ser convalidados o rechazados por el Congreso. Primer semestre del 2006 Es prematuro hablar de fechas, pero fuentes parlamentarias se inclinan por situar en el primer semestre del 2006 el momento de entrada en vigor del nuevo Estatuto. Al ser la Comunidad Valenciana una autonomía constituida al amparo del artículo 143 de la Carta Magna, no será necesaria la celebración de un referéndum para refrendar los cambios introducidos en las Cortes, requisito imprescindible, en cambio, para las comunidades que se instituyeron a partir del artículo 151 de la Constitución.