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| Crónica | La Fiscalía, en acción |

«Tolerancia cero» hacia el acoso escolar

Una instrucción insta a los fiscales a acelerar los trámites para adoptar medidas cautelares en las denuncias

Publicado por
Paloma Abejón - redacción | madrid
León

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La Justicia ha comenzado ya a engranar su mecanismo para adaptarse a la «tolerancia cero» frente al acoso escolar que exigirá la nueva Ley del Menor. Ayer, la Fiscalía General del Estado hizo pública una instrucción sobre el tratamiento de este tipo de violencia, dirigida a los fiscales de menores, en la que se explica el procedimiento a seguir cuando se recibe una denuncia y en la que se les insta a tramitar los expedientes con agilidad, especialmente en lo que se refiere a la búsqueda de pruebas y la adopción de medidas cautelares, entre ellas las futuras órdenes de alejamiento. Los fiscales disponen ya des-de ayer de un compendio de los distintos tipos penales a los que pueden recurrir cuando se en-cuentren ante supuestos acosos. En lo que se refiere a los delitos graves, la instrucción repasa la jurisprudencia existente y cita, otros, el artículo 173.1 del Códi-go Penal, que tipifica los tratos degradantes, con menoscabo a la integridad moral, así como aquellos relacionados con las lesiones, coacciones y ame-nazas. Inducción al suicidio Además, se recuerda la posi-bilidad de achacar el delito de inducción al suicidio, con-templado en el artículo 143.1 del código penal, así como la doctrina del Tribunal Supremo según la cual el inductor debe haber actuado con la doble in-tención de provocar la decisión y que el suicidio efectivamente se ejecute. El procedimiento que fija la instrucción hecha pública ayer señala que, cuando un fiscal tenga noticia de un caso a tra-vés de una denuncia realizada por la víctima, los familiares o el propio colegio, deberá citar al menor y tomarle declaración con el pertinente apoyo psico-lógico. A partir de ahí, deberá valorar si el hecho es grave, por el delito o la reincidencia del agresor, o bien si tiene escasa trascendencia o ha sido cometido por un menor de 14 años (estos casos quedan fuera del ámbito de intervención de la jurisdicción de menores). Aún en estos últimos supuestos, la instrucción aprobada ayer insta a los fiscales a ponerse en contacto con la dirección del centro educativo, para que dentro de sus atribuciones adopte las medidas necesarias para poner fin a los abusos denunciados y proteja al menor.

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