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Los pilotos militares que no cumplan las normas podrán ser sancionados

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europa press | madrid

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El Consejo de Ministros aprobó ayer remitir al Parlamento un proyecto de Ley Orgánica de modificación del Código Penal Militar y el Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, por el que los pilotos de vuelos militares que no cumplan rigurosamente lo establecido en el Reglamento de Circulación Aérea Operativa podrán ser sancionados con entre uno y seis años de prisión e inhabilitados de forma definitiva. El proyecto de Ley Orgánica busca ofrecer una respuesta proporcionada en los ámbitos penal y disciplinario a la realización de vuelos militares que no cumplan rigurosamente el Reglamento de Circulación Aérea Operativa o las instrucciones emitidas por la cadena de mando. Accidente en Jaén Tras el accidente aéreo registrado en septiembre en Baeza (Jaén), en el que un avión del Ejército del Aire se estrelló contra una vivienda en Baeza (Jaén) causando la muerte de una mujer y una niña que vivían en el inmueble y la del propio piloto de la aeronave, el Ministerio de Defensa manifestó su intención de modificar el Código Penal Militar para sancionar prácticas de vuelos militares que pongan en riesgo a la población civil o que incumplan órdenes o normativa aérea. La realización de vuelos que no respeten las medidas de seguridad necesarias estará sujeta a un nuevo tipo penal.

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