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«Necesitamos juicios rápidos para menores» «La réplica a un delito debe tener más rigor»

Fierro es partidario de rebajar la edad penal a los 12 años en casos excepcionales y se decanta por la vía de la reforma Mallo valora la n

Arriba, Avelino Fierro, fiscal de menores; abajo, el juez Ernesto Mallo

Arriba, Avelino Fierro, fiscal de menores; abajo, el juez Ernesto Mallo

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El fiscal de menores de León, Avelino Fierro, es partidario de que se aplique una reforma de la ley 5/2000 en muchos aspectos, pero quizá el más significativo sea el que se refiere a la necesidad de agilizar los procesos, que como mínimo tardan tres meses en ser resueltos. Para ello, en opinión de Fierro deberían suprimirse exigencias legales, como por ejemplo que no fuera preceptiva la intervención de un letrado en los casos de faltas. Sería como un juicio rápido, pero pensado para menores. Asimismo, el fiscal apuesta por que su intervención, en el caso de menores de 14 años, no sea obligatoria y sí facultativa y pide cambios para que la actuación de los equipos técnicos no obstaculice ni retrase los procesos que se siguen contra los menores. Fierro secunda la propuesta realizada desde el Consejo Fiscal para que se aborde el tratamento de los menores de 12 y 13 años dentro del sistema de la Ley Penal Juvenil, que actualmente sólo es exigible a partir de los 14 años bajo la justificación de que las infracciones cometidas por niños menores de esta edad son en general irrelevantes. «Esa posibilidad debería tenerse en cuenta porque cada vez hay más casos de delitos graves cometidos por jóvenes de esas edades», indica. Actualmente, cuando un menor de 14 años comete un delito o una falta se pone en manos de los servicios de protección de la Junta, sin que exista la posiblidad de que el caso se tramite vía reforma. En tal sentido, Avelino Fierro se decanta por un sistema de protección judicial frente a uno de «batas blancas» en el que no interviene la justicia, que a su juicio «no ofrece garantías». El fiscal, en un estudio jurídico que publicó en el 2003, ya subrayaba la necesidad de que los fiscales pudiesen incoar expedientes a menores de entre 12 y 14 años que hubiesen cometido delitos graves, una posibilidad todavía debatida hoy. Ernesto Mallo García, juez de menores de León desde hace un año, considera que hace falta una reforma «que incremente el rigor en la respuesta hacia determinados sectores de la criminalidad, buscando que la réplica al delito sea más proporcional con determinadas conductas infractoras, aunque sin alterar sustancialmente los principios rectores de la jurisdicción de menores ya implantados». Una de las reformas que más valora es la posibilidad de aplicar una medida de internamiento en régimen cerrado cuando el delito sea grave o cuando, aun siendo menos grave, se haya empleado violencia o haya generado un riesgo grave para la vida de las personas. Igualmente considera «acertada» una medida muy reclamada socialmente, y es la prohibición del menor infractor a aproximarse o comunicarse con la víctima o sus familiares. Mallo García ve especialmente positiva esta medida en los casos de acoso escolar, puesto que en la práctica podría significar, incluso, la expulsión del menor acosador del centro educativo en tanto no se alce la medida. Al igual que el fiscal de menores, el juez Ernesto Mallo también valora el hecho de que, con la nueva ley, la responsabilidad penal y civil se enjuicien en un mismo acto y se decidan en un única sentencia. Más delincuencia, o no El letrado explica la percepción social de que existe más delincuencia juvenil en la cobertura mediática que tienen los hechos especialmente graves y brutales cometidos por menores o por las tribus urbanas. La menor delincuencia juvenil femenina es explicada por el juez en los referentes de conducta. Asegura que los chicos, al llegar a la adolescencia, adoptan modelos de conducta que le acercan a la delincuencia, mientras que las chicas adolescentes no aceptan, por lo general, estos tipos de conducta para ellas mismas.

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