Diario de León

Seis meses de trámites y avisos, antes del embargo, para pagar en el último minuto

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A. Núñez - león
León

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Los avisos de embargo por impago de impuestos municipales casi nunca acaban materializándose: el número de bienes embargados que salen finalmente a subasta raramente supera la treintena al año y generalmente se trata de fincas o viviendas abandonadas o en semirruina, por las que nadie se molesta, incluído cuando fallece el propietario y quedan en herencia. La inmensa mayoría del millón largo de recibos que gestionan las oficinas provinciales de recaudación terminan pagándose a última hora, aunque no sin pasar antes por largos plázos, trámites y abultados recargos. Al primer aviso de «pago voluntario» le sigue un periodo mínimo de dos a tres meses, con recargos de hasta el 20%. A partir de ese momento y se no ha pagado la deuda los trámites legales y burocráticos requieren otro plazo de 30 a 50 días, en función del calendario de jornadas «habiles» para los ciudadanos y para los funcionarios. Por último, se procede a los embargos propiamente dichos, que en bienes inmuebles no suelen superar las treintena al año. Según los técnicos fiscales de la Diputación la gente suele pagar «aunque sea a última hora, salvo que se trate de bienes en herencia, muy repartidos o que ni siquiera merezca la pena pleitear por ellos, lo que a menudo sucede con fincas de secano en remotos pueblos de la provincia. Hay aproximadamente una treintena de casos de subasta final por impagos al año, pero el valor de lo recaudado apenas supone unos pocos miles de euros, pleitos aparte entre los herederos. Ningún gran deudor De la décima parte de recibos que quedan cada año impagados apenas ninguno es un gran deudor en forma de grandes propietarios o empresas. Ha habido algunos impuestos especialmente crudos para cobrar, como el IBI de las autopistas que unen León con Asturias y con Astorga, aunque para este tipo de casos hay una docena de municipios que se han unido por su cuenta y pleitean sin pedir ayuda a la Diputación. Demandas judiciales aparte, los deudores que pueden ser embargados son sólo pequeños propietarios individuales y muy pobres, titulares de fincas o casas rurales cuyo valor suele oscilar entre 5.000 y 30.000 euros, en el mejor de los casos, y repartidos cuando fallece su dueño entre media docena o más de herederos, ninguno de los cuales quiere poner al día las cuentas con el fisco para hacerse con la parte proporcional de propiedades tan mínimas con papeleos y burocracias que a menudo superan su valor. Según los portavoces de la Diputación, son las que terminan saliendo a subasta en embargos puros y duros, pero a casi nadie interesan, incluídos los propios servicios provinciales de recaudación: «los solares o casas viejas aún pueden valer algo, pero muchas fincas rústicas ni siquiera compensan lo que se pueda gastar embargándolas o pleiteando por ellas». Hay ahora una treintena de fincas en subasta, pero ninguna que merezca un anuncio de prensa.»

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