El milagro debe superar un tribunal de médicos y un comité teológico
El proceso para que se cierre el proceso de canonización de don Ángel, en caso de que sea aceptado, será largo y extremadamente exhaustivo. En primer lugar, deberá superar el peritaje médico. Dos especialistas revisarán las pruebas remitidas desde León relativas a la enfermedad de la bañezana y cómo se produjo su recuperación. Lo harán por separado y en momentos distintos, de forma que se puedan contrastar ambas opiniones. Si los dos médicos coinciden en que el hecho supera la capacidad de la ciencia -ellos jamás van a hablar de un milagro-, el expediente se elevará a un tribunal de teólogos. Si éstos aprueban las virtudes, el siervo de Dios pasará a ser venerable. Venerable Con este título se reconocería que don Ángel vivió las virtudes teologales (fe, esperanza y caridad), las cardinales (fortaleza, prudencia, templanza y justicia) y todas las demás virtudes desarrolladas de una manera heróica o extraordinaria. En el caso de monseñor Riesco se trata de las curaciones. Después se pasaría al reconocimiento del milagro. Una vez llegado a este paso se entraría en la fase de beatificación y canonización. En el caso de don Ángel se están tramitando conjuntamente, aunque lo habitual es reconocer primero la figura de beato y después la de santo. Médicos no creyentes Para el primer caso, además de los atributos personales de caridad y virtudes heroicas, se requiere un milagro obtenido a través de la intercesión del siervo de Dios y verificado después de su muerte. El milagro requerido es el que debe ser aprobado a través de la citada instrucción primaria canónica especial, que incluye tanto el parecer de un comité de médicos (algunos de ellos no son creyentes) y de teólogos. El milagro no es necesario si la persona ha sido reconocida mártir. Con la canonización, al beato es incluido en la lista o canon de los santos de la Iglesia -de aquí el nombre de canonización-. Para este paso hace falta otro milagro atribuido a la intercesión del beato y ocurrido después de su beatificación. El Papa puede obviar estos requisitos. La canonización compromete la infalibilidad pontificia. Mediante la canonización se concede el culto público en la Iglesia universal. Se le asigna un día de fiesta y se le pueden dedicar iglesias y santuarios. Con la aprobación eclesiástica el obispo de Astorga, Camilo de Lorenzo, las Misioneras Apostólicas de la Caridad han dedicado una oración en la que se suplica la glorificación de Ángel Riesco Carbajo. El proceso diocesano para verificar el milagro en el Obispado de León se abrió el 14 de abril del 2004 y se cerró el 12 de octubre de ese mismo año, según confirmaron las postuladoras del proceso.