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Prohibidas las sirenas y señales acústicas de noche, incluidas ambulancias y policía

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A. Núñez - león
León

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En materia de contaminación acústica y medioambiental (humos) las futuras ordenanzas reproducen lo que ya se estaba aplicando, limitándose a recordar, por ejemplo, que está prohibido que «los vehículos que circulen por las vías públicas superen los límites de ruido establecidos en la ciudad y en los certificados de homologación de los mismos (...). En todo caso, los conductores limitarán al mínimo los ruidos producidos por aceleraciones, el empleo de frenos y el cierre de puertas y carrocerías, y procurarán el uso eficaz de los silenciadores homologados e instalados en los vehículos, quedando prohibida su modificación o instalación de resonadores». Esta última medida, aun dentro de su ambigüedad, parece hecha a conciencia para desanimar a conductores juveniles de coches y motocicletas trucadas. Cuando un vehículo resulte sancionado por generar contaminación acústica, lo mismo que si es por humos, aparte de las multas correspondientes la policía obligará al conductor a pasar la correspondiente inspección técnica en una ITV oficial, sin permitírsele circular más que hasta llegar allí. Las sanciones por este concepto, sin embargo, no suelen ser frecuentes, salvo con ocasión de campañas que se realizan esporádicamente una o dos veces al año. Menos todavía lo son, aunque no le falten ocasiones al guardia de la esquina, las multas por incumplir otro apartado de la misma norma, según el cual «dentro del casco urbano queda prohibido el uso de aparatos acústicos -o sea, el claxon del coche- salvo en los casos de peligro inminente, de atropello o colisión y en estos supuestos la señal debe ser breve». El celo por limpiar la ciudad de ruidos molestos llega al extremo de regular hasta la circulación de vehículos policiales, de bomberos y hasta ambulancias, «que son los únicos autorizados para usar aparatos acústicos y señales luminosas especiales en supuestos de emergencia». Pero hasta ellos tendrán también limitado su uso durante la noche, apagando las sineras y dejando sólo las luces. «Los conductores de esta clase de vehículos no podrán utilizar los aparatos acústicos desde las 23.00 a las 8.00 horas, debiendo sustituirlos durante dicho periodo de tiempo por aparatos de advertencia luminosos». Según fuentes municipales, medidas como ésta última pueden llamar inicialmente la atención, pero «son lógicas y no restan eficacia a los servicios públicos».