Diario de León

El derecho se mantendrá en caso de separación o muerte del cónyuge

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La futura legislación simplificará todos los trámites para los allegados de los comunitarios. Para menos de tres meses de estancia en España no necesitarán documento alguno. A partir de ese momento, para residencias prolongadas deberán acudir a sacarse la «tarjeta» a una comisaría de policía, en donde, según el artículo 8 del real decreto, «se le entregará de forma inmediata un resguardo acreditativo» con el que ya podrá certificar su legalidad. El borrador del Ejecutivo blinda ese «derecho a la residencia» de los extracomunitarios allegados de un europeo. Si muriera el europeo, su pareja de hecho y sus allegados seguirían siendo legales siempre que hubieran residido un año en España. Eso sí, deberán demostrar que «disponen para sí y para los miembros de su familia de recursos suficientes, así como un seguro que de enfermedad que cubra todos los riesgos». Tampoco perderían sus derechos si el europeo se separa del extracomunitario. Bastará con que el matrimonio o la pareja de hecho haya durado más de tres años o que los hijos en común estén bajo la tutela de la persona no europea.

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