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Múgica investiga supuestas irregularidades en la expulsión de inmigrantes

Publicado por
Melchor Sáiz-Pardo - madrid
León

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El Defensor del Pueblo ha abierto una investigación para conocer si se cometieron irregularidades en las denegaciones de entrada a miles de inmigrantes extracomunitarios en la frontera francesa. La oficina que dirige Enrique Múgica pidió el pasado 16 de noviembre a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, que dirige Joan Mesquida, toda la información sobre las expulsiones de extranjeros y los controles en frontera. En un informe oficial del Defensor -elaborado hace diez días por la adjunta primera de la oficina, María Luisa Cava de Llano- la institución advierte al Ministerio del Interior de que no puede continuar impidiendo la entrada a inmigrantes sin papeles sin garantizarles la asistencia letrada y un intérprete en el caso de que no hablen castellano. Unas normas que deben cumplirse desde la entrada en vigor del reglamento que desarrolla el Tratado de Schengen de 1985. Nuevo reglamento El Gobierno, el 8 de septiembre, reformó por sorpresa y sin publicidad el reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería para intentar dar cobertura legal a estas expulsiones instantáneas. La nueva redacción del texto, según la reiterada interpretación de Interior, sólo obligaba a la policía a informar del derecho al abogado, pero en ningún caso a facilitar a cada inmigrante un letrado para su defensa. Es más, Interior dio instrucciones a los puestos fronterizos para que siguieran denegando la entrada de los inmigrantes como antes, con la sola advertencia al extranjero de que podía recurrir su expulsión ante las embajadas y consulados españoles de su país de origen. El Defensor entiende que esta práctica podría ser irregular. Según el documento firmado por Cava de Llano, la institución ya ha hecho saber a Interior que ni el acuerdo de repatriaciones hispano-francés ni cualquier otro, ni siquiera la reciente reforma del reglamento, «eximen a las autoridades españolas de dictar resolución motivada con indicación de recursos» ni «constituyen una excepción en cuanto al régimen de garantías de asistencia letrada y de interprete que prevé la Ley de Extranjería con carácter general para todos los casos».