LA OPINIÓN DEL JURISTA
Afirmación de descargo
UN JUICIO es como una representación teatral en la que ordenadamente los protagonistas van interviniendo. Ayer, en su turno, uno de los procesados negó que la voz de unas conversaciones grabadas, que le incriminan, fuera la suya. Es lo que se llama una afirmación de parte y en este caso de descargo, pero que no tiene más valor. Es su derecho. Lo relevante será lo que señalen los peritos sobre la identificación de la voz grabada cuando les toque, aproximadamente dentro de dos o tres meses. Aunque su dictamen, a pesar de estar dotado de elementos de fiabilidad objetiva, tampoco será definitivo, pues el Tribunal a la vista de una y otra versión, en su caso, será el que fije la verdad formal sobre la titularidad de la voz.