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NORMATIVA ANTERIOR LEY DE IGUALDAD La Ley de Igualdad inicia su andadura tras ser publicada en el Boletín Oficial del Estado

En vigor el permiso de paternidad, al que podrán optar unos 3.000 leoneses «A un niño te haces sin querer» Ernesto López: «El problema es que soy autónomo»

José Gallego: «Han acertado, ya podían haberlo hecho antes; estamos atrasados»

JESÚS

León

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Permiso de paternidad Cuotas a la Seguridad Social Permiso de lactancia Disfrute de vacaciones Excedencia cuidado de un familiar En parto, adopción o acogimiento si el menor tiene una discapacidad Para acceder a la protección por maternidad (16 semanas de baja) Subsidio no contributivo por maternidad Mujeres autónomas Permiso de maternidad ante el fallecimiento de la madre Permiso de maternidad ante el fallecimiento del hijo/a Protección ante riesgo en el periodo de lactancia natural Excedencia voluntaria Reducción de la jornada laboral por guarda legal Obligación de negociar Medidas de Igualdad en las empresas Igualdad para las Empresas de más de 250 trabajadores Protección de los trabajadores/as contratados para la formación Protección con respecto a la maternidad/paternidad de los Regímenes Especiales Acciones positivas para fomentar la Igualdad en el marco de la empresa Prevención del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo No existía como tal. Sólo 2 días por nacimiento de hijo/a La empresa está exenta de las cuotas del trabajador sustituto de la persona que causa baja por maternidad/paternidad Reducción de la jornada laboral hasta los 9 meses del bebé A continuación del permiso de maternidad, pero dentro del año natural 1 año No existía Son necesarios tener cotizados 180 días en 5 años No existía Durante la baja maternal, ellas se hacían cargo de las cuotas a la Seguridad Social tanto de su trabajo como de la persona sustituta. Pérdida del permiso Pérdida del permiso No existía De 1 a 5 años Del menor hasta 6 años. Reducción de media jornada No existía No existía No existía No existía No existían Hay que comprobar Los trabajadores por cuenta ajena tendrán 15 días, si han cotizado un mínimo de 180 días en siete años. La empresa está exenta también de pagar las cuotas de la persona que causa baja por maternidad/paternidad Además de esta posibilidad, se podrá acumular esa reducción en días completos y sumarlos al permiso de maternidad o de paternidad. Ahora las vacaciones podrán disfrutarse incluso fuera del año natural. 2 años, que podrán fraccionarse en uno o más periodos. 2 semanas más de permiso de maternidad o de paternidad Se incluye la novedad de la división por tramos de edad: Para las madres trabajadoras menores de 21 años, a partir del nacimiento, sin necesidad de cotización previa, siempre que estén dadas de alta en la Seguridad Social. Para las mujeres de entre 21 y 26 años de edad, con una cotización mínima de 90 días de los últimos 7 años o 180 días en toda la vida laboral. Con más de 26 años, con una cotización mínima de 180 días de los últimos 7 años o 365 días en toda la vida laboral. Las madres trabajadoras que no puedan disfrutar del permiso de maternidad por no tener el periodo de cotización mínimo requerido, recibirán un subsidio específico que se corresponde con las primeras seis semanas del posparto, es decir, 42 días naturales, con el 100% del IPREP (Indicador Público de Renta de Efectos Públicos, 479,10 .. al mes, 15,97 ../día), Quedan eximidas de pagar las cuotas a la SS durante la totalidad de la baja maternal y también de las cuotas a la Seguridad Social en los contratos de sustitución por baja maternal. Aunque la madre no trabajase, el padre podrá disfrutar de todo el permiso exceptuando las 6 primeras semanas Ahora se podrá disfrutar íntegramente salvo que la madre o el padre se quieran incorporar a su trabajo Suspensión del contrato durante los 9 primeros meses De 4 meses a 5 años Del menor hasta 8 años. Reducción de hasta 1/8 de jornada Recogido en el apartado 1 del artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores Recogido en el apartado 2 del artículo 85 del Estatuto de los Trabajadores Equiparados en cuanto a las protecciones con cualquier trabajador/a Equiparados en cuanto a las protecciones con el Régimen General de Seguridad Social La negociación colectiva podrá establecer exclusiones, reservas y preferencias en las condiciones de contratación de modo que tenga preferencia el sexo menos representado Reconocimiento de medidas específicas, incluyendo un protocolo de prevención en el ámbito del empleo público. Se garantiza la inversión de la carga de la prueba. Así, será el demandado el que habrá de aportar pruebas de que su decisión no ha sido discriminatoria. La Ley de Igualdad entró ayer en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y con ella una de las medidas más novedosas que implanta. El permiso o baja por paternidad de 13 días (más los dos que, como mínimo tienen los padres actualmente). En León se podrán beneficiar de esta medida unos 3.000 hombres ya que aunque el número de nacimientos fue de 3.313 en el año 2005 hay que tener en cuenta que sólo los trabajadores por cuenta ajena pueden optar a este permiso voluntario. José Gallego, empleado de una empresa de charcutería en Astorga, y su mujer Miriam Campos estaban desde hace días pendientes de la nueva medida. «Estábamos al tanto por Internet y ayer nos lo confirmaron». Han tenido su suerte porque su hijo Lucas se adelantó casi diez días y de haber nacido un día antes, como el hijo de sus compañeros de habitación, José no podría optar al permiso de paternidad. «Han acertado, ya podían haberlo hecho antes, porque en realidad estamos muy atrasados en este tema en relación con los países nórdicos», subraya el padre. Para él, hacerse cargo de su segundo hijo no va a ser ninguna novedad. Con Hugo, el primero, compartió la baja por maternidad con su esposa: «Soy de ese escaso uno por ciento que debería ser el 99%, pero he de reconocer que en mi empresa he tenido facilidades y esto no siempre ocurre y la gente tiene miedo», explica. Después de la baja, José tomó una excedencia de un año y pudo optar a una ayuda de la Junta, «una ventaja que no hay en otras comunidades autónomas», subraya Mariam. Las ventajas: «Que mami y papi somos igual para nuestro hijo», dice ella y que «tengo una gran complicidad con mi hijo», dice él. Una pareja de Astorga, Marian Campos y José Gallego, será de las primeras en optar al nuevo permiso de paternidad, que ayer entró en vigor. Y lo disfrutarán sus dos hijos, Lucas, que nació ayer por la tarde, y Hugo, de dos años y dos meses. José ya asumió el cuidado de su primero hijo y lo recomienda: «A un niño te haces sin querer». «Sólo hay que organizarse: yo me sacaba la leche y él le daba el biberón», dice la madre. El artículo 133 de la Ley de Igualdad regula la protección de la paternidad que establece que los beneficiarios son trabajadores por cuenta ajena que acrediten un mínimo de cotización de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores o 360 a lo largo de su vida laboral. Pero éste no es el caso de Ernesto López Barrio, de Ponferrada: «El problema es que soy trabajador autónomo», fue lo primero que respondió ayer este padre primerizo, que regenta un kiosko en la capital del Bierzo. «Me adaptaré como pueda porque ahora tengo una empleada, y muy buena por cierto», explica. Ernesto subraya que adaptar a los autónomos las prestaciones sociales «es muy complicado, depende de tus condiciones».