El reconocimiento no dará derecho a indemnizaciones económicas o profesionales
PSOE e IU pactan declarar ilegítimos los procesos y los juicios franquistas
La Ley de la Memoria Histórica permite a los tribunales anular sentencias contra los desafectos a Franco El PP a
La futura Ley de Memoria Histórica declarará ilegítimas las sentencias dictadas por los Consejos de Guerra y los tribunales especiales creados durante la guerra civil y la dictadura franquista para reprimir a los desafectos al régimen. La norma establecerá, además, la «ilegitimidad» de órganos penales tales como el Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, los tribunales de responsabilidades políticas de la Junta de Defensa Nacional y el Tribunal de Orden Público, creados para condenar por motivos ideológicos o políticos a los defensores de la legalidad republicana, a quienes lucharon por restablecer la democracia o quisieron vivir conforme a opciones hoy amparadas por la Constitución, caso de los homosexuales, que podrán acudir al Tribunal Supremo para reclamar la nulidad de las condenas. PSOE e IU desbloquearon este jueves, tras varios meses de parálisis, la tramitación en el Congreso de los Diputados de la llamada Ley de Memoria Histórica, con un pacto que busca zanjar uno de sus puntos más espinosos: la reclamación de algunos grupos de que el nuevo texto declare nulos los juicios de la dictadura. Esta es una vieja petición de miles de izquierdistas condenados en consejos de guerra sumarísimos, que sufrieron cárcel, depuraciones o confiscación de sus bienes, y desean ver su dignidad restituida. Cuando la nueva ley entre en vigor, los órganos penales que les castigaron no podrán ya ser calificados como tribunales legales, ni sus procesos considerados juicios. Eso será, explicó el líder de IU, Gaspar Llamazares, una «prueba determinante» para que los represaliados puedan acudir al Tribunal Supremo -único órgano capaz de declarar la nulidad jurídica total de las condenas- y reclamar su revocación. Ello abrirá, además, la puerta a otras reclamaciones, como la restitución del patrimonio que les fue usurpado. La reforma afectará a todas las sentencias de los órganos jurisdiccionales creados «ex profeso» para formar parte del aparato represivo de la dictadura, que serán declarados por ley «contrarios a derecho» y vulneradores de «las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo». Entre ellos, el texto cita al Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, los tribunales de responsabilidades políticas de la Junta de Defensa Nacional, de la Junta Técnica del Estado y el Gobierno, al Tribunal de Orden Público y a los Consejos de Guerra realizados por motivos ideológicos o políticos. Los afectados que así lo deseen -o sus cónyuges o descendientes- tendrán derecho a solicitar ante el Ministerio de Justicia una declaración de reparación y reconocimiento personal como represaliado del franquismo. Ese reconocimiento no supondrá la asunción de responsabilidades patrimoniales por parte del Estado o de la administración pública, ni dará lugar a indemnizaciones de índole económica o profesional.