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La inspección de las instalaciones se realiza cada cinco años por empresas autorizadas

Publicado por
M. Rabanillo - león
León

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Una inspección, como mínimo, cada cinco años, según una normativa aprobada el pasado marzo y que amplió en un año el periodo de inspecciones, que hasta entonces se estipulaba en cuatro. Esta es la periodicidad que marca la ley para las instalaciones de gas canalizado, que son realizadas por los organismos de control autorizado contratado por las compañías suministradoras del gas para realizar las revisiones. Según el delegado de la Junta en León, Eduardo Fernández, las competencias de la administración autonómica en esta materia son puramente normativas, es decir, la Junta marca las pautas a las que deben atenerse todas las empresas suministradoras de gas en red, que asume totalmente la responsabilidad. El delegado de la Junta remarca que el mercado del gas es un «mercado liberalizado, que tiene regulación por parte de la administración autonómica, pero que no está sometido a intervención». Es competencia, pues, de las compañías las labores de inspección desde el momento de la instalación hasta los certificados finales de obra. «Desde el Servicio Territorial de Industria, -añade Eduardo Fernández- se realiza una comprobación de los expedientes administrativos, una vez finalizada la obra, es decir, se comprueba que se han entregado todos los certificados», pero no se comprueba «in situ» que la instalación se ha realizado de forma correcta, ya que este aspecto es competencia de las compañías suministradoras del gas. Inspecciones aleatorias De hecho, el delegado añade que las instalaciones con menos de 70 kilowatios de potencia, ni siquiera tienen que pasar por la Junta, que sólo interviene en caso de una orden judicial, o en las inspecciones técnicas que, de forma aleatoria, realiza anualmente a algunas instalaciones un técnico de Industria acompañado por el técnico de la empresa correspondiente. Eduardo Fernández matiza que si existe algún tipo de reclamación o denuncia por parte del usuario del servicio, la Junta también interviene. Las empresas autorizadas para realizar las inspecciones se ponen en contacto con el cliente del servicio antes de que se cumpla el periodo estipulado desde la última inspección, cuyo importe corre siempre a cargo del usuario. Sólo compañías autorizadas Desde las compañías autorizadas y las organizaciones de usuarios y consumidores, se ha advertido reiteradamente que sólo es válida la revisión en caso de que se realice por una empresa autorizada, que puede elegir el consumidor, por lo que alerta al usuario de que hay ciertas empresas que se hacen pasar por compañías autorizadas sin serlo y cobran al cliente por realizar una inspección que no es válida. Por ello, el usuario del gas natural canalizado debe exigir al técnico que realiza la inspección su acreditación, así como el Certificado de Instalaciones en vigor, para su presentación durante las inspecciones. La inspección de las instalaciones consiste en comprobar que, en sus partes visibles, ésta cumple la normativa vigente y no se observan defectos. La revisión comprueba, mediante las pruebas y verificaciones necesarias, el estado de funcionamiento y conservación de la instalación receptora, de sus elementos, de sus aparatos de gas y de los conductos de evacuación de productos de combustión, y constata la adecuación de la instalación a las condiciones reglamentarias de seguridad. El pago de la revisión de la instalación individual se efectúa a través de la factura del gas, nunca en el acto de la revisión. La revisión de la instalación comunitaria (IRC) corresponderá a la compañía si es de su propiedad. El usuario deberá abonar esta revisión sólo si es copropietario de la misma. En el caso de las calderas, es obligatorio realizar el mantenimiento de las calderas de más de 15 kilowatios, las más habituales, casda dos años, para garantizar una buena consbustión y preservar el medio ambiente. Su mantenimiento se puede contratar con el servicio oficial de la marca de la caldera o con los servicios autorizados en la comunidad.