El Supremo reduce a la mitad la condena al comando Dixan porque no se motivó la pena individualizada
El Tribunal Supremo dio ayer un varapalo al tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Nacional. Redujo a la mitad las penas impuestas a los islamistas del conocido como comando Dixan porque considera que la sala sólo las argumentó en bloque, con acusaciones genéricas al grupo, y no explicó por qué cada uno de los cinco terroristas era acreedor, de forma individual, a casi la condena máxima prevista por el delito de pertenencia a banda armada. La célula, que fue condenada en febrero pasado a 65 años de prisión, ve ahora reducido el castigo a 33 años y seis meses. El alto tribunal comenta que la sentencia no dice por qué los magistrados imponen a cada miembro de la célula diez años de cárcel por pertenencia a banda armada, la parte media alta de la pena (el máximo son 12 años), por lo que no tiene más remedio que rebajar la condena a todos al mínimo del tipo penal, seis años de cárcel. La Audiencia Nacional, como única argumentación para la alta pena, dijo que los cinco estaban adscritos durante mucho tiempo a movimientos extremistas y algunos a facciones armadas. No obstante, el Supremo mantiene en su resolución intactos los hechos declarados probados.