Diario de León

Condenan a cuatro meses a una mujer por abofetear al marido

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efe | sevilla

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro meses de prisión a una mujer por dar a su marido una bofetada que le causó una «contusión facial, de la que curó en un solo día», hecho por el que además deberá indemnizarle con 30 euros. La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia recuerda que esta agresión está tipificada como delito pues se dirigió contra el cónyuge y con una circunstancia de «especial agravación» al haberse perpetrado ante las dos hijas de la pareja. La mujer fue condenada inicialmente por el juzgado penal 12 de Sevilla a nueve meses de cárcel, si bien la Audiencia ha rebajado la pena a cuatro meses «en atención a las circunstancias que precedieron» a la bofetada. La acusada M.A.A.S., que estaba en trámites de separación, dio la bofetada a su marido F.F.D. a las 12.30 horas del 25 de febrero de 2006 en el recibidor de la vivienda familiar en Gines (Sevilla), en el transcurso de una discusión porque la acusada se negaba a que se llevara a las niñas. En función de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, tal hecho se considera un delito de lesiones en el ámbito familiar, con una pena de entre tres meses y un año de cárcel.

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