Seis años de cárcel por apuñalar a su dentista porque le hizo daño
El Tribunal Supremo ha condenado a seis años de cárcel a un vecino de Gerona que en 2004 apuñaló a su dentista de la Seguridad Social porque unos días antes le había hecho daño al extraerle un diente. El alto tribunal anuló ayer la sentencia dictada el año pasado por la Audiencia Provincial de Girona, que imponía al agresor la pena de cuatro años y diez meses de prisión. Los magistrados consideran ahora que Faisal el Matni, un marroquí de 35 años, es autor de un delito de lesiones con la agravante de alevosía y de otro de atentado, por tratarse la víctima de un funcionario público atacado en el ejercicio de su labor. El Supremo considera especialmente grave la agresión no sólo por las heridas y lo gratuito y desproporcionado de la acción sino también porque las lesiones sufridas por el odontólogo le produjeron una incapacidad total y absoluta para el ejercicio de su profesión, lo que le obligó a abandonar su trabajo tras 27 años en la sanidad pública. Los hechos tuvieron lugar el 29 de marzo de 2004, en las inmediaciones del centro de atención primaria de Can Gibert del Pla, de Gerona. El Matni, al que unos días ante le habían extraído un diente en el centro sanitario, esperó, sobre las cinco y media de la tarde, a que su odontólogo saliese del inmueble y le abordó. El agresor, para no poner sobre aviso al médico, se acercó y le hizo ver que quería acudir de nuevo a su consulta. Sin embargo, cuando el facultativo ya se marchaba, El Matni, «de una forma sorpresiva, aprovechando que la víctima ya no se encontraba cara a cara y no tenía capacidad de defenderse, sacó del bolsillo un cuchillo o instrumento similar, que no ha sido hallado, y se lo clavó en el brazo derecho, con la intención de menoscabar su integridad física». La cuchillada le atravesó el brazo derecho y el pulmón, y le seccionó varias terminaciones nerviosas. Tras 75 días de atención sanitaria, le quedó como secuela permanente «una pérdida moderada de la funcionalidad» del brazo derecho. El tribunal indica que para entender este ataque hay que remontarse a unos días antes, al día de la extracción, cuando el marroquí atacó por primera vez al odontólogo con su paraguas, sin llegar a causarle lesiones, para recriminarle por el daño que le había hecho. El Supremo, pese a modificar la sentencia de la audiencia provincial en la parte sustancial, mantiene la cuantía de la indemnización que debe pagar el agresor -64.592 euros más los intereses- y la prohibición establecida en el primer fallo, que impide a El Matni aproximarse a menos de 500 metros de su víctima o intentar ponerse en contacto con ella durante 5 años.